Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024063808)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 227
Jueves 21 de noviembre de 2024
59975
Se entiende por comunidad de aprendizaje un proyecto de transformación que desde
los centros educativos está focalizado en el éxito escolar y, en el cual, el proceso de
enseñanza-aprendizaje no recae exclusivamente en manos del profesorado, sino que
depende de la implicación conjunta del personal del centro educativo o EOEP y de diferentes sectores: familias, asociaciones y voluntariado.
D3. Proyectos de desarrollo de programas integrales de aprendizaje basados en metodologías innovadoras como herramienta de aprendizaje, que ayuden a paliar las carencias sociales del entorno próximo. Se trata de desarrollar proyectos formativos en el
marco del propio centro en los cuales diversas metodologías de aprendizaje integrado,
enfocadas a la mejora de las competencias, como el aprendizaje-servicio, aprendizaje
basado en proyectos, aprendizaje cooperativo, u otras, se practican en el marco de
actuaciones solidarias o de servicio a la comunidad dando lugar a programas intergeneracionales o de cohesión social.
E. Línea E: desarrollo de temáticas relacionadas con actuaciones formativas que fomenten
la igualdad de género, así como las relacionadas con las líneas prioritarias de la formación permanente del profesorado en Extremadura.
F. Línea F: Proyectos que desarrollen temáticas específicas orientadas a la Educación Especial, Atención a la Diversidad de los centros u otras temáticas como la Salud y la Prevención de Riesgos Laborales en los centros educativos.
2. Comprende la realización de actividades de formación en centros relacionadas con temáticas distintas a las anteriores vinculadas con alguna de las líneas prioritarias de actuación
del Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado para el curso 2023/2024 (anexo IV).
Cuarto. Naturaleza de los proyectos.
1. Los proyectos de formación en centros de cualquiera de las líneas deben estar basados
en las necesidades reales de cada centro o EOEP y tener como objetivo primordial el éxito
escolar de todo el alumnado.
2. Cada proyecto podrá estar integrado por profesorado de uno o más centros y/o miembros
de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica, y/o participantes de la comunidad educativa. En todo caso, la propuesta deberá ser aprobada por el claustro de cada
centro implicado o EOEPs. Si el proyecto afecta a un solo centro, éste deberá contar con, al
menos, el 30% de la participación del claustro. En el caso de proyectos conjuntos de dos o
más centros, el porcentaje mínimo de participación deberá ser del 25% de cada uno de los
claustros de los centros implicados. Asimismo, cuando la propuesta sea realizada por un
Jueves 21 de noviembre de 2024
59975
Se entiende por comunidad de aprendizaje un proyecto de transformación que desde
los centros educativos está focalizado en el éxito escolar y, en el cual, el proceso de
enseñanza-aprendizaje no recae exclusivamente en manos del profesorado, sino que
depende de la implicación conjunta del personal del centro educativo o EOEP y de diferentes sectores: familias, asociaciones y voluntariado.
D3. Proyectos de desarrollo de programas integrales de aprendizaje basados en metodologías innovadoras como herramienta de aprendizaje, que ayuden a paliar las carencias sociales del entorno próximo. Se trata de desarrollar proyectos formativos en el
marco del propio centro en los cuales diversas metodologías de aprendizaje integrado,
enfocadas a la mejora de las competencias, como el aprendizaje-servicio, aprendizaje
basado en proyectos, aprendizaje cooperativo, u otras, se practican en el marco de
actuaciones solidarias o de servicio a la comunidad dando lugar a programas intergeneracionales o de cohesión social.
E. Línea E: desarrollo de temáticas relacionadas con actuaciones formativas que fomenten
la igualdad de género, así como las relacionadas con las líneas prioritarias de la formación permanente del profesorado en Extremadura.
F. Línea F: Proyectos que desarrollen temáticas específicas orientadas a la Educación Especial, Atención a la Diversidad de los centros u otras temáticas como la Salud y la Prevención de Riesgos Laborales en los centros educativos.
2. Comprende la realización de actividades de formación en centros relacionadas con temáticas distintas a las anteriores vinculadas con alguna de las líneas prioritarias de actuación
del Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado para el curso 2023/2024 (anexo IV).
Cuarto. Naturaleza de los proyectos.
1. Los proyectos de formación en centros de cualquiera de las líneas deben estar basados
en las necesidades reales de cada centro o EOEP y tener como objetivo primordial el éxito
escolar de todo el alumnado.
2. Cada proyecto podrá estar integrado por profesorado de uno o más centros y/o miembros
de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica, y/o participantes de la comunidad educativa. En todo caso, la propuesta deberá ser aprobada por el claustro de cada
centro implicado o EOEPs. Si el proyecto afecta a un solo centro, éste deberá contar con, al
menos, el 30% de la participación del claustro. En el caso de proyectos conjuntos de dos o
más centros, el porcentaje mínimo de participación deberá ser del 25% de cada uno de los
claustros de los centros implicados. Asimismo, cuando la propuesta sea realizada por un