Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024063808)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 227
Jueves 21 de noviembre de 2024
59981
Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento
(https://formacion.educarex.es ), incluyendo una relación de los proyectos seleccionados.
Décimo. Desarrollo del proyecto.
1. Los Centros de Profesores y Recursos (CPR) programarán una sesión informativa inicial de
obligada asistencia para las personas encargadas de la coordinación o docentes participantes en el proyecto en quien delegue, de los proyectos de formación de los centros seleccionados en su demarcación. Esta reunión tendrá por objeto aclarar todas las cuestiones
relacionadas con el desarrollo de los mismos. Estas sesiones se organizarán en coordinación con las unidades de programas educativos, en función de las líneas solicitadas y de
una adecuada distribución territorial que potencie la frecuencia de los contactos entre los
centros y el CPR.
2. Durante el desarrollo del proyecto, tendrá lugar al menos una sesión intermedia de seguimiento entre las personas encargadas de la coordinación del proyecto de formación y
la asesoría del CPR de referencia asignado a dicho proyecto. Esta sesión tendrá carácter
presencial y su finalidad será asegurar la correcta marcha del proyecto.
3. L
os proyectos que se seleccionen no contarán con ningún tipo de financiación o dotación
económica por parte de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado e innovación educativa.
4. Las necesidades formativas y de material didáctico, si las hubiere, y siempre que estén
debidamente justificadas para el correcto desarrollo del proyecto, serán satisfechas por el
CPR de referencia en función de su disponibilidad presupuestaria. La dotación para este
efecto la establecerá la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa.
Undécimo. Justificación.
Al igual que en la elaboración y desarrollo de los proyectos, la memoria final y su evaluación
contará con la colaboración del CPR y la supervisión final de éste y los informes que puedan
recabarse de la inspección educativa. La inspección educativa podrá participar activamente en
el proceso del desarrollo de los proyectos de formación en centros. En su valoración previa,
se primará la docencia colaborativa de la participación en el proyecto.
Antes del 5 de junio de 2025, la persona encargada de la coordinación del proyecto enviará
al CPR de referencia la memoria final del proyecto redactada juntamente con la persona que
ejerce las funciones de asesoría de formación permanente encargada del seguimiento del
proyecto, según el modelo anexo III (memoria final del proyecto). Dicha memoria incluirá la
relación nominal del personal participante con derecho a certificación.
Jueves 21 de noviembre de 2024
59981
Servicio de Innovación, Formación del Profesorado y Emprendimiento
(https://formacion.educarex.es ), incluyendo una relación de los proyectos seleccionados.
Décimo. Desarrollo del proyecto.
1. Los Centros de Profesores y Recursos (CPR) programarán una sesión informativa inicial de
obligada asistencia para las personas encargadas de la coordinación o docentes participantes en el proyecto en quien delegue, de los proyectos de formación de los centros seleccionados en su demarcación. Esta reunión tendrá por objeto aclarar todas las cuestiones
relacionadas con el desarrollo de los mismos. Estas sesiones se organizarán en coordinación con las unidades de programas educativos, en función de las líneas solicitadas y de
una adecuada distribución territorial que potencie la frecuencia de los contactos entre los
centros y el CPR.
2. Durante el desarrollo del proyecto, tendrá lugar al menos una sesión intermedia de seguimiento entre las personas encargadas de la coordinación del proyecto de formación y
la asesoría del CPR de referencia asignado a dicho proyecto. Esta sesión tendrá carácter
presencial y su finalidad será asegurar la correcta marcha del proyecto.
3. L
os proyectos que se seleccionen no contarán con ningún tipo de financiación o dotación
económica por parte de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado e innovación educativa.
4. Las necesidades formativas y de material didáctico, si las hubiere, y siempre que estén
debidamente justificadas para el correcto desarrollo del proyecto, serán satisfechas por el
CPR de referencia en función de su disponibilidad presupuestaria. La dotación para este
efecto la establecerá la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa.
Undécimo. Justificación.
Al igual que en la elaboración y desarrollo de los proyectos, la memoria final y su evaluación
contará con la colaboración del CPR y la supervisión final de éste y los informes que puedan
recabarse de la inspección educativa. La inspección educativa podrá participar activamente en
el proceso del desarrollo de los proyectos de formación en centros. En su valoración previa,
se primará la docencia colaborativa de la participación en el proyecto.
Antes del 5 de junio de 2025, la persona encargada de la coordinación del proyecto enviará
al CPR de referencia la memoria final del proyecto redactada juntamente con la persona que
ejerce las funciones de asesoría de formación permanente encargada del seguimiento del
proyecto, según el modelo anexo III (memoria final del proyecto). Dicha memoria incluirá la
relación nominal del personal participante con derecho a certificación.