Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024063808)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 227

59982

Jueves 21 de noviembre de 2024

Para la presentación de la memoria final del proyecto, se deberán aportar el modelo establecido,
en formato digital subiéndose al espacio habilitado en la web https://formacion.educarex.es .
Los materiales elaborados pasarán a formar parte de los recursos del CPR de referencia.
Duodécimo. Reconocimiento al profesorado.
1. L
 a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional certificará y reconocerá los
proyectos seleccionados, conforme a lo dispuesto en la Orden de 31 de octubre de 2000,
por lo que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, y establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias.
2. El número de horas previsto para el desarrollo de las actividades formativas que componen
el proyecto de formación en centros comportará un mínimo de 40 horas y un máximo de
60 horas.
La valoración final en créditos de innovación, atendiendo al mínimo y máximo establecido
en el punto anterior, estará supeditada a la evaluación de la memoria final presentada, y
será certificada por el CPR de referencia. Se podrá certificar a la persona responsable de
la coordinación del proyecto hasta un tercio más de las horas certificadas al resto de los
componentes.
Al personal no docente, participante en el proyecto, se le expedirá un documento haciendo
constar su participación en el mismo. El certificado de hace constar a los educadores sociales tendrá los efectos pertinentes a los procesos a los que concurran.
Decimotercero. Eficacia y recursos.
1. L
 a presente resolución será eficaz a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
2. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso
de alzada, ante éste órgano o ante la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes desde la publicación de la presente resolución en el Diario
Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es ) de acuerdo con el artículo 101 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de
que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 13 de noviembre de 2024.
EL Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN