Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024063808)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 227
Jueves 21 de noviembre de 2024
59980
c) Formular el informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, dirigido al titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado e innovación educativa.
d) Reconducir, mediante la Red de Formación del Profesorado, los proyectos presentados
que no reúnan las condiciones solicitadas, a otras modalidades formativas más acorde
al proyecto presentado.
Las organizaciones sindicales presentes en la mesa sectorial de personal docente podrán
participar en la comisión de selección en calidad de observadores del procedimiento de
selección de los proyectos.
Noveno. Resolución del procedimiento.
1. La presente convocatoria se resolverá por la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e
Inclusión Educativa que ostenta la competencia en materia de formación del profesorado e
innovación educativa, a la vista del informe correspondiente de la Comisión de Selección y
Valoración, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura,
(https://doe.juntaex.es ), incluyendo una relación de los proyectos seleccionados y excluidos, con especificación de la causa de exclusión.
2. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial
de Extremadura (https://doe.juntaex.es ).
3. T
ranscurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución, se podrá entender desestimada la solicitud.
4. L
a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará mediante
comparecencia en la Sede Electrónica Asociada donde se haya iniciado el procedimiento.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el apartado anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de ayuda mediante el cual se le
indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del
apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica asociada donde se haya iniciado el
procedimiento administrativo.
5. A
simismo, la resolución que ponga fin al procedimiento será publicada en el Diario Oficial
de Extremadura (https://doe.juntaex.es ). Asimismo, será publicada en la página web del
Jueves 21 de noviembre de 2024
59980
c) Formular el informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, dirigido al titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado e innovación educativa.
d) Reconducir, mediante la Red de Formación del Profesorado, los proyectos presentados
que no reúnan las condiciones solicitadas, a otras modalidades formativas más acorde
al proyecto presentado.
Las organizaciones sindicales presentes en la mesa sectorial de personal docente podrán
participar en la comisión de selección en calidad de observadores del procedimiento de
selección de los proyectos.
Noveno. Resolución del procedimiento.
1. La presente convocatoria se resolverá por la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e
Inclusión Educativa que ostenta la competencia en materia de formación del profesorado e
innovación educativa, a la vista del informe correspondiente de la Comisión de Selección y
Valoración, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura,
(https://doe.juntaex.es ), incluyendo una relación de los proyectos seleccionados y excluidos, con especificación de la causa de exclusión.
2. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial
de Extremadura (https://doe.juntaex.es ).
3. T
ranscurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución, se podrá entender desestimada la solicitud.
4. L
a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará mediante
comparecencia en la Sede Electrónica Asociada donde se haya iniciado el procedimiento.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el apartado anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de ayuda mediante el cual se le
indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del
apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica asociada donde se haya iniciado el
procedimiento administrativo.
5. A
simismo, la resolución que ponga fin al procedimiento será publicada en el Diario Oficial
de Extremadura (https://doe.juntaex.es ). Asimismo, será publicada en la página web del