Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2024063799)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueban los nuevos Estatutos de la Federación Extremeña de Natación, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59868
cho reglamento se elaborará por la Junta Directiva y deberá ser aprobado por la Asamblea
General Extraordinaria por mayoría absoluta de los miembros presentes. Posteriormente,
se remitirá a la Dirección General competente en materia de deportes dentro de la Junta
de Extremadura para su ratificación y su modificación quedará sometida a los mismos requisitos que la modificación del Estatuto.
TÍTULO VIII
Transparencia y buen gobierno
Artículo 52. Transparencia y buen gobierno.
La FEN actuará conforme a criterios éticos de transparencia y buen gobierno, principios que
inspirarán su actuación, sin perjuicio de su posterior desarrollo en el Reglamento de régimen
interno.
TÍTULO IX
Régimen electoral
Artículo 53. Reglamento electoral.
El régimen electoral de la FEN se regirá por el oportuno Reglamento Electoral a Miembros
de la Asamblea General y Presidencia de la FEN, en todo caso, se ajustará a lo dispuesto al
efecto al Decreto en el Decreto 214/2003, de 26 de diciembre, sobre criterios básicos para la
realización de los procesos electorales, la elaboración de reglamentos electorales y regulación
de los órganos electorales de las Federaciones Deportivas Extremeñas.
Artículo 54. Junta Electoral.
1. L
a Junta Electoral velará en última instancia federativa por la legalidad de los procesos
electorales de la FEN.
2. L
as competencias y régimen de funcionamiento de la Junta Electoral serán las determinadas en las normativas citadas en el artículo anterior.
TÍTULO X
Disolución de la federación extremeña de natación
Artículo 55. Causas.
1. L
a FEN se extinguirá o disolverá por las siguientes causas:
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59868
cho reglamento se elaborará por la Junta Directiva y deberá ser aprobado por la Asamblea
General Extraordinaria por mayoría absoluta de los miembros presentes. Posteriormente,
se remitirá a la Dirección General competente en materia de deportes dentro de la Junta
de Extremadura para su ratificación y su modificación quedará sometida a los mismos requisitos que la modificación del Estatuto.
TÍTULO VIII
Transparencia y buen gobierno
Artículo 52. Transparencia y buen gobierno.
La FEN actuará conforme a criterios éticos de transparencia y buen gobierno, principios que
inspirarán su actuación, sin perjuicio de su posterior desarrollo en el Reglamento de régimen
interno.
TÍTULO IX
Régimen electoral
Artículo 53. Reglamento electoral.
El régimen electoral de la FEN se regirá por el oportuno Reglamento Electoral a Miembros
de la Asamblea General y Presidencia de la FEN, en todo caso, se ajustará a lo dispuesto al
efecto al Decreto en el Decreto 214/2003, de 26 de diciembre, sobre criterios básicos para la
realización de los procesos electorales, la elaboración de reglamentos electorales y regulación
de los órganos electorales de las Federaciones Deportivas Extremeñas.
Artículo 54. Junta Electoral.
1. L
a Junta Electoral velará en última instancia federativa por la legalidad de los procesos
electorales de la FEN.
2. L
as competencias y régimen de funcionamiento de la Junta Electoral serán las determinadas en las normativas citadas en el artículo anterior.
TÍTULO X
Disolución de la federación extremeña de natación
Artículo 55. Causas.
1. L
a FEN se extinguirá o disolverá por las siguientes causas: