Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2024063799)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueban los nuevos Estatutos de la Federación Extremeña de Natación, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59854
Artículo 28. Suspensión del nombramiento de los miembros.
La suspensión del nombramiento de los miembros de la Junta Directiva se producirá por las
causas siguientes:
a) Por la solicitud del interesado/a, cuando concurran las circunstancias que lo justifiquen
y así lo apruebe la Presidencia.
b) Por resolución del órgano disciplinario competente.
c) Por decisión de la Presidencia.
Artículo 29. Cese de los miembros.
1. E
l cese de los miembros de la Junta Directiva se producirá por las siguientes causas:
a) Por decisión de la Presidencia.
b) Por cese de la Presidencia.
c) Por la pérdida de cualquiera de los requisitos o condiciones necesarios para ser nombrados.
d) Por muerte o incapacidad que impida el ejercicio del cargo.
e) P
or decisión disciplinaria ejecutiva que inhabilite para ocupar los cargos de los órganos
de gobierno o representación de la FEN.
f) Por dimisión del cargo.
g) Por decisión del órgano disciplinario competente.
2. Cuando se produzca el cese de la Presidencia, la Junta Directiva se constituirá automáticamente en comisión gestora con las competencias que le atribuye la normativa autonómica
sobre federaciones deportivas, y se procederá, en un plazo no superior a tres meses a la
convocatoria de un nuevo proceso electoral.
Artículo 30. Funciones.
Corresponden a la Junta Directiva las siguientes funciones:
a) Asistir a la Presidencia en la gestión de las actividades de la FEN.
b) Ratificar la propuesta de la Presidencia de creación de comisiones y la designación de
los miembros que las integren.
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59854
Artículo 28. Suspensión del nombramiento de los miembros.
La suspensión del nombramiento de los miembros de la Junta Directiva se producirá por las
causas siguientes:
a) Por la solicitud del interesado/a, cuando concurran las circunstancias que lo justifiquen
y así lo apruebe la Presidencia.
b) Por resolución del órgano disciplinario competente.
c) Por decisión de la Presidencia.
Artículo 29. Cese de los miembros.
1. E
l cese de los miembros de la Junta Directiva se producirá por las siguientes causas:
a) Por decisión de la Presidencia.
b) Por cese de la Presidencia.
c) Por la pérdida de cualquiera de los requisitos o condiciones necesarios para ser nombrados.
d) Por muerte o incapacidad que impida el ejercicio del cargo.
e) P
or decisión disciplinaria ejecutiva que inhabilite para ocupar los cargos de los órganos
de gobierno o representación de la FEN.
f) Por dimisión del cargo.
g) Por decisión del órgano disciplinario competente.
2. Cuando se produzca el cese de la Presidencia, la Junta Directiva se constituirá automáticamente en comisión gestora con las competencias que le atribuye la normativa autonómica
sobre federaciones deportivas, y se procederá, en un plazo no superior a tres meses a la
convocatoria de un nuevo proceso electoral.
Artículo 30. Funciones.
Corresponden a la Junta Directiva las siguientes funciones:
a) Asistir a la Presidencia en la gestión de las actividades de la FEN.
b) Ratificar la propuesta de la Presidencia de creación de comisiones y la designación de
los miembros que las integren.