Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063816)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Cruz Roja Española para formalizar la concesión directa de una subvención a la Cruz Roja Española para la financiación y desarrollo del proyecto "Reanima", que pretende dotar al alumnado de Educación Primaria de píldoras formativas sobre primeros auxilios.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

59751

3. E
 l órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será la Secretaría
General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional. No obstante, dicha
competencia se encuentra delegada en la Secretaria General de Educación y Formación
Profesional, en virtud de la Resolución de 10 de enero de 2024 (DOE núm. 9, de 12 de
enero) del Secretario General, por el que se delegan competencias en materia de subvenciones.
Decimotercera. Vigencia del convenio.
1.El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su formalización hasta el 30 de
octubre de 2025 a cuyo término se entenderá automáticamente extinguido, sin necesidad
de previa comunicación al efecto por ninguna de las partes, salvo que las mismas acuerden
expresamente por escrito su prórroga en el mes anterior a la finalización en los términos y
condiciones que puedan estipularse.
Decimocuarta. Comisión de Seguimiento.
1. P
 ara la puesta en marcha, control y seguimiento de las actividades previstas en el presente
Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, integrada como mínimo por dos representantes de cada una de las Partes intervinientes, ejerciendo la presidencia la persona
titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, o persona en quien
delegue, y actuando como secretaria la persona titular de la Presidencia de Cruz Roja Extremadura, o persona en quien delegue.
2. Serán funciones de la Comisión de Seguimiento las que a continuación se detallan:
• Planificar el desarrollo de cada taller y proponer los medios y recursos destinados a cada
actividad y aprobar la programación.
• Realizar el seguimiento de las píldoras formativas.
• Resolver cuantas cuestiones pudiera suscitar la implementación de las citadas acciones.
• Efectuar la valoración global de la realización del proyecto y del conjunto del Convenio.
• Difundir y promover el Convenio firmado entre ambas entidades haciendo efectiva su
aplicación y seguimiento de forma concreta.
3. E
 sta Comisión se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización
del presente Convenio. Se reunirá cuantas veces estimen necesarias a lo largo del curso y
el régimen de funcionamiento y organización, en lo no previsto en este Convenio, se ajustará a lo dispuesto para los órganos colegiados en la sección 3ª del capítulo II del título
preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.