Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Premios. (2024040239)
Decreto 141/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Concurso de Artesanía Junta de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59684
2. T
odas las comunicaciones, notificaciones así como cualquier trámite que deba llevarse a
efecto por el interesado en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión, liquidación y, en su caso reintegro de la ayuda, se realizarán mediante comparecencia electrónica del interesado o su representante a través de la Sede Electrónica
Asociada de la Junta de Extremadura (https://tramites.juntaex.es ), de conformidad con lo
establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. C
omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior, y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso en
la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de participación, mediante el
cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a
través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica mencionada en el párrafo
anterior.
Artículo 7. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0707924 .
Las solicitudes irán dirigidas a la Secretaría General de la Consejería competente en materia
de comercio interior y artesanía, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado
de solicitud disponible en la siguiente dirección electrónica,
https://www.juntaex.es/w/0707924 , junto con la documentación que deba acompañarse,
a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará
utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas.
No se aceptará ninguna candidatura que no sea presentada a través de la correspondiente
solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.
2. E
l plazo de presentación de las solicitudes de participación comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario
Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es , y no podrá ser inferior a diez días hábiles. No
se admitirá ninguna solicitud que sea presentada con posterioridad a la fecha establecida.
3. L
a presentación de solicitudes para participar en este concurso supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en el presente decreto.
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59684
2. T
odas las comunicaciones, notificaciones así como cualquier trámite que deba llevarse a
efecto por el interesado en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión, liquidación y, en su caso reintegro de la ayuda, se realizarán mediante comparecencia electrónica del interesado o su representante a través de la Sede Electrónica
Asociada de la Junta de Extremadura (https://tramites.juntaex.es ), de conformidad con lo
establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. C
omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior, y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso en
la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de participación, mediante el
cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a
través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica mencionada en el párrafo
anterior.
Artículo 7. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0707924 .
Las solicitudes irán dirigidas a la Secretaría General de la Consejería competente en materia
de comercio interior y artesanía, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado
de solicitud disponible en la siguiente dirección electrónica,
https://www.juntaex.es/w/0707924 , junto con la documentación que deba acompañarse,
a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará
utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas.
No se aceptará ninguna candidatura que no sea presentada a través de la correspondiente
solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.
2. E
l plazo de presentación de las solicitudes de participación comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario
Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es , y no podrá ser inferior a diez días hábiles. No
se admitirá ninguna solicitud que sea presentada con posterioridad a la fecha establecida.
3. L
a presentación de solicitudes para participar en este concurso supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en el presente decreto.