Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Economía Social. Subvenciones. (2024040195)
Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.
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NÚMERO 223
Viernes 15 de noviembre de 2024
58952
permanecido inscrita como demandante de empleo desempleada durante al menos 360
días.
3. U
na subvención de 9.000,00 euros en el caso de hombres desempleados que no se encuen
tren encuadrados en ninguno de los grupos prioritarios del apartado anterior.
En los tres apartados anteriores, las referencias realizadas a personas desempleadas sólo
contemplan las actuaciones subvencionables del Programa I a) del artículo 2.
4. P
odrán concederse incrementos extras del 10% por puesto de trabajo, en los siguientes
casos:
a) Cuando en la entidad beneficiaria concurra la Cláusula de Responsabilidad Social y/o
tenga implantado un Plan de Igualdad de Género.
b) Cuando la entidad beneficiaria sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso de
integración cooperativa, en cualquiera de sus modalidades.
c) Cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género.
Los supuestos de este punto 4 serán acumulables. No obstante, en el supuesto de la letra
a) solo se abonará un incremento, bien por la cláusula de responsabilidad social, o bien por
el plan de igualdad.
5. A
demás, podrán concederse a la entidad, las siguientes ayudas adicionales:
a) Hasta 1.000,00 euros por los gastos de constitución imputables, en los casos de entida
des beneficiarias de nueva creación.
b) Hasta 1.000,00 euros por los gastos imputables del proceso de integración cooperativa.
Estas ayudas adicionales sólo se concederán cuando la entidad solicitante tenga derecho a
la subvención por la creación de algún puesto de trabajo de personas socias trabajadoras
o de trabajo.
6. L
as entidades beneficiarias que soliciten el incremento por la Cláusula de Responsabilidad
Social deberán estar calificadas e inscritas, a fecha de solicitud de la ayuda, en el Registro de
Empresas Socialmente Responsables de Extremadura. creado al efecto por el artículo 10 de
la Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura,
y regulado en la Decreto 110/2013, de 2 de julio, por el que se crea el Consejo Autonómico
para el fomento de la responsabilidad social de Extremadura, la Oficina de Responsabilidad
Social Empresarial y se regula el procedimiento para la calificación e inscripción en el
Registro de empresa socialmente responsable de Extremadura.
Viernes 15 de noviembre de 2024
58952
permanecido inscrita como demandante de empleo desempleada durante al menos 360
días.
3. U
na subvención de 9.000,00 euros en el caso de hombres desempleados que no se encuen
tren encuadrados en ninguno de los grupos prioritarios del apartado anterior.
En los tres apartados anteriores, las referencias realizadas a personas desempleadas sólo
contemplan las actuaciones subvencionables del Programa I a) del artículo 2.
4. P
odrán concederse incrementos extras del 10% por puesto de trabajo, en los siguientes
casos:
a) Cuando en la entidad beneficiaria concurra la Cláusula de Responsabilidad Social y/o
tenga implantado un Plan de Igualdad de Género.
b) Cuando la entidad beneficiaria sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso de
integración cooperativa, en cualquiera de sus modalidades.
c) Cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género.
Los supuestos de este punto 4 serán acumulables. No obstante, en el supuesto de la letra
a) solo se abonará un incremento, bien por la cláusula de responsabilidad social, o bien por
el plan de igualdad.
5. A
demás, podrán concederse a la entidad, las siguientes ayudas adicionales:
a) Hasta 1.000,00 euros por los gastos de constitución imputables, en los casos de entida
des beneficiarias de nueva creación.
b) Hasta 1.000,00 euros por los gastos imputables del proceso de integración cooperativa.
Estas ayudas adicionales sólo se concederán cuando la entidad solicitante tenga derecho a
la subvención por la creación de algún puesto de trabajo de personas socias trabajadoras
o de trabajo.
6. L
as entidades beneficiarias que soliciten el incremento por la Cláusula de Responsabilidad
Social deberán estar calificadas e inscritas, a fecha de solicitud de la ayuda, en el Registro de
Empresas Socialmente Responsables de Extremadura. creado al efecto por el artículo 10 de
la Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura,
y regulado en la Decreto 110/2013, de 2 de julio, por el que se crea el Consejo Autonómico
para el fomento de la responsabilidad social de Extremadura, la Oficina de Responsabilidad
Social Empresarial y se regula el procedimiento para la calificación e inscripción en el
Registro de empresa socialmente responsable de Extremadura.