Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Economía Social. Subvenciones. (2024040195)
Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.
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NÚMERO 223
Viernes 15 de noviembre de 2024



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Documentación específica de los trabajadores:



1. C
 opia del contrato por el que se solicita la subvención, que deberá especificar si
la persona trabajadora ha sido contratada para el desempeño de funciones técni­
cas, gerenciales o directivas, comunicado al correspondiente Servicio Público de
Empleo.



2. T
 ítulo Académico oficial de: Grado, Licenciatura, Diplomatura, de técnico superior
de formación profesional o de FP II, adecuado a las funciones que deba realizar
en la sociedad o entidad beneficiaria.



3. E
 n el caso de funciones directivas o gerenciales, siempre y cuando no posean
la titulación académica oficial requerida, será necesario aportar documentación
acreditativa de poseer formación con una duración mínima de doce meses, en
administración y dirección de empresas o, en su defecto, deberán acreditar expe­
riencia laboral en la gestión y/o dirección de empresas durante un periodo míni­
mo de doce meses a lo largo de su vida laboral, mediante contratos de trabajos
anteriores, certificados de empresa, u otra de naturaleza análoga que acredite la
experiencia de la persona trabajadora en el ámbito de la dirección de empresas.



Programa III:

Cuando entidad solicite la ayuda por una persona que pertenezca al colectivo priorita­
rio recogido en el artículo 26 del presente decreto, deberá aportarse documento oficial
acreditativo de la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de
adopción o acogimiento.
La documentación aportada por la entidad solicitante del Programa I, se considerará
válidamente aportada para el Programa III, en caso de que haya presentado solicitud
de ayuda para dicho programa.
B. D
 ocumentación específica. Incrementos Extra Programa I y Programa II:
Además de la documentación general a que se refiere la letra A) anterior, las entidades
solicitantes de las ayudas del Programa I y del Programa II, que opten por los incrementos
adicionales, deberán presentar la siguiente documentación:


i. En el caso de solicitar ayuda por los gastos de constitución, copias de las facturas
emitidas por la Notaría y por el Registro Mercantil, correspondientes a la constitución
de la sociedad y su inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.



ii. Para el supuesto de solicitar ayuda por los gastos de integración cooperativa, co­
pias de las facturas emitidas por la Notaría correspondientes al otorgamiento de la