Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Economía Social. Subvenciones. (2024040195)
Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.
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NÚMERO 223
Viernes 15 de noviembre de 2024
58944
Documentación específica de los trabajadores:
1. C
opia del contrato por el que se solicita la subvención, que deberá especificar si
la persona trabajadora ha sido contratada para el desempeño de funciones técni
cas, gerenciales o directivas, comunicado al correspondiente Servicio Público de
Empleo.
2. T
ítulo Académico oficial de: Grado, Licenciatura, Diplomatura, de técnico superior
de formación profesional o de FP II, adecuado a las funciones que deba realizar
en la sociedad o entidad beneficiaria.
3. E
n el caso de funciones directivas o gerenciales, siempre y cuando no posean
la titulación académica oficial requerida, será necesario aportar documentación
acreditativa de poseer formación con una duración mínima de doce meses, en
administración y dirección de empresas o, en su defecto, deberán acreditar expe
riencia laboral en la gestión y/o dirección de empresas durante un periodo míni
mo de doce meses a lo largo de su vida laboral, mediante contratos de trabajos
anteriores, certificados de empresa, u otra de naturaleza análoga que acredite la
experiencia de la persona trabajadora en el ámbito de la dirección de empresas.
Programa III:
Cuando entidad solicite la ayuda por una persona que pertenezca al colectivo priorita
rio recogido en el artículo 26 del presente decreto, deberá aportarse documento oficial
acreditativo de la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de
adopción o acogimiento.
La documentación aportada por la entidad solicitante del Programa I, se considerará
válidamente aportada para el Programa III, en caso de que haya presentado solicitud
de ayuda para dicho programa.
B. D
ocumentación específica. Incrementos Extra Programa I y Programa II:
Además de la documentación general a que se refiere la letra A) anterior, las entidades
solicitantes de las ayudas del Programa I y del Programa II, que opten por los incrementos
adicionales, deberán presentar la siguiente documentación:
i. En el caso de solicitar ayuda por los gastos de constitución, copias de las facturas
emitidas por la Notaría y por el Registro Mercantil, correspondientes a la constitución
de la sociedad y su inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
ii. Para el supuesto de solicitar ayuda por los gastos de integración cooperativa, co
pias de las facturas emitidas por la Notaría correspondientes al otorgamiento de la
Viernes 15 de noviembre de 2024
58944
Documentación específica de los trabajadores:
1. C
opia del contrato por el que se solicita la subvención, que deberá especificar si
la persona trabajadora ha sido contratada para el desempeño de funciones técni
cas, gerenciales o directivas, comunicado al correspondiente Servicio Público de
Empleo.
2. T
ítulo Académico oficial de: Grado, Licenciatura, Diplomatura, de técnico superior
de formación profesional o de FP II, adecuado a las funciones que deba realizar
en la sociedad o entidad beneficiaria.
3. E
n el caso de funciones directivas o gerenciales, siempre y cuando no posean
la titulación académica oficial requerida, será necesario aportar documentación
acreditativa de poseer formación con una duración mínima de doce meses, en
administración y dirección de empresas o, en su defecto, deberán acreditar expe
riencia laboral en la gestión y/o dirección de empresas durante un periodo míni
mo de doce meses a lo largo de su vida laboral, mediante contratos de trabajos
anteriores, certificados de empresa, u otra de naturaleza análoga que acredite la
experiencia de la persona trabajadora en el ámbito de la dirección de empresas.
Programa III:
Cuando entidad solicite la ayuda por una persona que pertenezca al colectivo priorita
rio recogido en el artículo 26 del presente decreto, deberá aportarse documento oficial
acreditativo de la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de
adopción o acogimiento.
La documentación aportada por la entidad solicitante del Programa I, se considerará
válidamente aportada para el Programa III, en caso de que haya presentado solicitud
de ayuda para dicho programa.
B. D
ocumentación específica. Incrementos Extra Programa I y Programa II:
Además de la documentación general a que se refiere la letra A) anterior, las entidades
solicitantes de las ayudas del Programa I y del Programa II, que opten por los incrementos
adicionales, deberán presentar la siguiente documentación:
i. En el caso de solicitar ayuda por los gastos de constitución, copias de las facturas
emitidas por la Notaría y por el Registro Mercantil, correspondientes a la constitución
de la sociedad y su inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
ii. Para el supuesto de solicitar ayuda por los gastos de integración cooperativa, co
pias de las facturas emitidas por la Notaría correspondientes al otorgamiento de la