Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063744)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 30 de las Normas Subsidiarias de Coria. Expte.: IA24/0013.
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NÚMERO 222
Jueves 14 de noviembre de 2024

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forestales a conservar y se encuentra en una zona perimetral del casco urbano, en la
cual se pretende incluir en Suelo Urbano para usos terciarios. Si fuera de aplicación alguna actuación en terrenos forestales se recuerda se tiene que dar cumplimiento con lo
estipulado en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en sus modificaciones
posteriores, en el título VII de la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, así como el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de
Extremadura.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, informa que, a efectos de ordenación del territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan
Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de
14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones
posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan
de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa
(Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de
2019. Si bien, actualmente se halla en redacción, por Resolución de 26 de marzo de
2024, del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se acuerda
la redacción del Plan Territorial de Rivera de Fresnedosa-Valle del Alagón, el cual deberá
adaptarse a las disposiciones de la Ley 11/2018, ámbito territorial en el que se incluye
el término municipal de Coria, que establecerá una nueva regulación cuando se apruebe
definitivamente.
— El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana informa que en el término municipal de Coria se encuentra
actualmente vigente Normas Subsidiarias, revisión 001, aprobadas definitivamente por
Resolución del Excelentísimo Señor Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Medio
Ambiente, de fecha 13 de septiembre de 1989, publicado en el BOP de la Provincia de
Cáceres n.º 37, de 15 de febrero de 1990. Para la fiscalización y aprobación por esta
Dirección General de las modificaciones puntuales del planeamiento vigente existe un
procedimiento específico regulado en los artículos 49 y 50 de la Ley 11/2018, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y en el artículo 60 de su
Reglamento General, aprobado por Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, en el que se
encuentra integrada la evaluación ambiental estratégica.