Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063731)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y Badajoz para el desarrollo del "Programa de puntos de cardioprotección en el ámbito rural de Extremadura".
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NÚMERO 221
Miércoles 13 de noviembre de 2024
58580
El abono por el SES a los Colegios de Farmacéuticos de Badajoz y Cáceres, que deberá efectuarse antes de la finalización de la anualidad 2024, se realizará de la siguiente forma:
Un primer pago, una vez firmado el convenio, para la puesta en marcha de las primeras 30
oficinas adheridas al programa por cada Colegio, que ascenderá a la cantidad de 150.000
euros, a razón de 2.500 euros, por 60 oficinas que se abonará:
Al Colegio de Farmacéutico de Badajoz un importe de 75.000 euros y al Colegio de Farmacéutico de Cáceres un importe de 75.000 euros, previa prestación de garantía mediante aval
bancario de esas mismas cantidades, a fin de garantizar el primer pago de 150.000 euros y
documentación acreditativa de la adhesión de las mencionadas oficinas.
Tras finalizar la puesta en marcha de todos los puntos de cardioprotección, se hará un segundo pago a cada Colegio, del importe que resulte de multiplicar 2.500 euros por el número
final de puntos de cardioprotección instalados, detrayendo lo ya abonado en el primer pago.
Para proceder a este último abono, cada Colegio, deberán presentar, antes del 15 de diciembre de 2024, la siguiente documentación:
— Garantía mediante aval bancario (2.500 euros por los puntos definitivamente instalados) a fin de garantizar el segundo y último pago.
— Certificado de relación de todos los puntos de cardioprotección instalados.
— Documentos que acrediten su correcto funcionamiento.
— Documentos que acrediten la formación para su uso.
La factura abonada del pago total de la puesta en marcha de los puntos de cardioproteción,
por cada Colegio deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2024. La cancelación de
las garantías se hará efectiva con fecha límite de 31 de enero de 2025.
En ningún caso, la cantidad total que debe aportar el SES podrá superar el importe máximo
de 500.000 euros.
Cuarta. Justificación del Programa.
Además de la documentación referida en la cláusula anterior, los Colegios, a efectos de justificar el impacto del programa en cada anualidad, deberán elaborar un informe de la evolución de este, que contenga el número de personas por municipio que hayan sido auxiliadas
mediante la utilización de estos puntos de cardioprotección, así como las incidencias que
hubieran surgido.
Miércoles 13 de noviembre de 2024
58580
El abono por el SES a los Colegios de Farmacéuticos de Badajoz y Cáceres, que deberá efectuarse antes de la finalización de la anualidad 2024, se realizará de la siguiente forma:
Un primer pago, una vez firmado el convenio, para la puesta en marcha de las primeras 30
oficinas adheridas al programa por cada Colegio, que ascenderá a la cantidad de 150.000
euros, a razón de 2.500 euros, por 60 oficinas que se abonará:
Al Colegio de Farmacéutico de Badajoz un importe de 75.000 euros y al Colegio de Farmacéutico de Cáceres un importe de 75.000 euros, previa prestación de garantía mediante aval
bancario de esas mismas cantidades, a fin de garantizar el primer pago de 150.000 euros y
documentación acreditativa de la adhesión de las mencionadas oficinas.
Tras finalizar la puesta en marcha de todos los puntos de cardioprotección, se hará un segundo pago a cada Colegio, del importe que resulte de multiplicar 2.500 euros por el número
final de puntos de cardioprotección instalados, detrayendo lo ya abonado en el primer pago.
Para proceder a este último abono, cada Colegio, deberán presentar, antes del 15 de diciembre de 2024, la siguiente documentación:
— Garantía mediante aval bancario (2.500 euros por los puntos definitivamente instalados) a fin de garantizar el segundo y último pago.
— Certificado de relación de todos los puntos de cardioprotección instalados.
— Documentos que acrediten su correcto funcionamiento.
— Documentos que acrediten la formación para su uso.
La factura abonada del pago total de la puesta en marcha de los puntos de cardioproteción,
por cada Colegio deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2024. La cancelación de
las garantías se hará efectiva con fecha límite de 31 de enero de 2025.
En ningún caso, la cantidad total que debe aportar el SES podrá superar el importe máximo
de 500.000 euros.
Cuarta. Justificación del Programa.
Además de la documentación referida en la cláusula anterior, los Colegios, a efectos de justificar el impacto del programa en cada anualidad, deberán elaborar un informe de la evolución de este, que contenga el número de personas por municipio que hayan sido auxiliadas
mediante la utilización de estos puntos de cardioprotección, así como las incidencias que
hubieran surgido.