Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024
58329
la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio, la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, disposiciones legales estatales, con
carácter supletorio, incluidos los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que no
tengan carácter básico y las disposiciones reglamentarias de igual o superior rango que se
dicten con posterioridad.
2. E
stas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa
FEDER 2021-2027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER), dentro del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1
iii) “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de
empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran
cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Asimismo, será aplicable el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas
al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
3. L
as ayudas previstas en las presentes bases se hallan acogidas al régimen de minimis,
sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de
diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE Serie L, de 15 de diciembre).
Disposición transitoria única. Régimen aplicable a convocatorias anteriores.
Los procedimientos iniciados al amparo de la Orden de 6 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña, se
tramitarán y resolverán de acuerdo con lo dispuesto en aquélla.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente norma.
Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única, se derogan las bases reguladoras contenidas en la Orden de 6 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña (DOE núm. 132, de 11 de
julio de 2023).
Martes 12 de noviembre de 2024
58329
la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio, la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, disposiciones legales estatales, con
carácter supletorio, incluidos los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que no
tengan carácter básico y las disposiciones reglamentarias de igual o superior rango que se
dicten con posterioridad.
2. E
stas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa
FEDER 2021-2027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER), dentro del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1
iii) “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de
empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran
cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Asimismo, será aplicable el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas
al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
3. L
as ayudas previstas en las presentes bases se hallan acogidas al régimen de minimis,
sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de
diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE Serie L, de 15 de diciembre).
Disposición transitoria única. Régimen aplicable a convocatorias anteriores.
Los procedimientos iniciados al amparo de la Orden de 6 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña, se
tramitarán y resolverán de acuerdo con lo dispuesto en aquélla.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente norma.
Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única, se derogan las bases reguladoras contenidas en la Orden de 6 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña (DOE núm. 132, de 11 de
julio de 2023).