Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024

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Artículo 23. Régimen de compatibilidad de las ayudas.
Las ayudas reguladas por este decreto serán compatibles con otras subvenciones o ayudas a
fondo perdido que hayan sido concedidas por las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad,
salvo cuando se trate de la misma categoría de gasto, en cuyo caso existirá causa de incompatibilidad y las ayudas no podrán acumularse.
Artículo 24. Financiación.
1. L
 as ayudas que regula este decreto se financiarán con cargo al Programa Operativo FEDER
de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del fondo, y estando
encuadrada en el Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”,
Prioridad de Inversión: 1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii) “el
refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
2. L
 as acciones de promoción de carácter internacional serán financiadas con base en la
transferencia presupuestaria que figura en los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura del ejercicio 2024 TE: “EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS
AVANZADOS PYMES: PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA”, formalizada
a través de la firma del Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de
carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU, para la ejecución del programa de promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026.
Asimismo, las convocatorias asociadas a las presentes bases reguladoras, para las anualidades 2027 en adelante, serán financiadas con cargo a la transferencia especifica que para
dicho objetivo se dote presupuestariamente.
3. De conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
la Comunidad Autónoma de Extremadura, cada convocatoria determinará los créditos presupuestarios a los que se imputarán las ayudas en especie reguladas por el presente decreto.
Artículo 25. Normativa aplicable.
1. L
 as subvenciones que se regulan en este decreto se regirán, además de por lo dispuesto en
el mismo, en la respectiva convocatoria y por la resolución de concesión. En todo aquello no
regulado expresamente en este decreto será de aplicación la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la normativa básica contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento,