Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024

58325

2. A
 simismo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 69 y anexo XI y XVII del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021,
para garantizar la legalidad y la regularidad del gasto y prevenir, detectar e informar de las
posibles irregularidades, incluido el fraude, se deberá recoger información sobre los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión.
A tal efecto, en el apartado 9 de la declaración responsable anexo II, los solicitantes de
las ayudas podrán autorizar al órgano gestor o a cualquier autoridad y organismo nacional
que gestione, verifique, pague o audite Fondos Europeos, a que pueda consultar de oficio
dicha información en el Registro Central de Titularidades Reales o en los distintos registros
con competencia en materia de recogida de datos de titulares reales o bases de datos disponibles. En caso de no prestar esa autorización a la consulta de oficio, deberán aportar el
certificado de Titularidad Real expedido por Notario.
Artículo 20. Reintegro y graduación de su alcance.
1. S
 erán causas de la revocación total de la ayuda y, en su caso, el reintegro total de la misma
los incumplimientos previstos en el artículo 18.
2. S
 e considerará como importe a reintegrar, aquel que sea posible identificar directamente
con la participación individual del beneficiario. En caso de no poder identificar este, será
el importe prorrateado del precio de adquisición de los bienes, derechos y servicios adquiridos por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, correspondientes de la
concreta ayuda en especie, y que no sean recuperables por parte de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
El beneficiario mantendrá informado en todo momento a Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, de las comunicaciones que mantenga con el/los proveedores de
los servicios objeto de la ayuda.
En el supuesto de que no fuera posible la modificación de todos los servicios contemplados
en la ayuda en especie, y siempre que ello imposibilite que el beneficiario pueda atender
las obligaciones adquiridas al efecto, se declarará la pérdida del derecho a la percepción
de la ayuda en especie.
3. El órgano directivo en materia de comercio exterior procederá a la tramitación del expediente de reintegro de la ayuda en especie concedida, así como la exigencia del interés de
demora devengado desde el momento de puesta a disposición de los bienes, derechos y
servicios hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, sin perjuicio de las
demás acciones legales que proceda.