Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063733)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de acciones de formación en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en el ámbito de la Administración Pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 219
Lunes 11 de noviembre de 2024

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la Universidad de Extremadura. Respecto a los gastos y pagos, el certificado deberá
contener las sumas parciales por conceptos y la suma total del gasto y pago que se
justifica. El importe del gasto justificado deberá ser coincidente con los pagos que se
acreditan. En el caso de que la Universidad de Extremadura no haya tenido ingresos
en el periodo que se certifique, se consignará esta partida con importe cero.


2. F
 acturas y documentos justificativos del gasto y pago realizado. Se aportarán copias
de aquellos gastos y pagos certificados.



— Las facturas y/o documentos justificativos del gasto irán acompañados del documento acreditativo del pago.



— La justificación de los gastos y pagos de la formación impartida se realizará
mediante la presentación de los documentos justificativos de la percepción del
correspondiente abono de las ponencias, así como la presentación del modelo
que justifique los importes retenidos del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, y los documentos que justifiquen el abono de estas obligaciones.



3. R
 elación detallada y ordenada de los gastos pagados, en fichero formato hoja de
cálculo.



— Con independencia de la documentación que debe ser presentada en formato
original – Certificado de Ingresos, gastos y pagos- la justificación se realizará
mediante la cumplimentación de un fichero “hoja de cálculo” proporcionado desde el Servicio de Adolescencia y Familias, al que se vincularán las copias de las
facturas y documentos justificativos del gasto y del pago realizado. Dicho fichero
se aportará en soporte de almacenamiento de datos tipo pendrive o similar que
contenga la recopilación de dichos archivos.



4. C
 ertificado acreditativo de haber incluido en su contabilidad el ingreso de la aportación económica, con destino a la finalidad para la que se concedió.



Se presentará en el plazo de 15 días desde que la entidad haya recibido el pago de
dicha aportación, correspondiente al importe a justificar.



7.1.B) La acreditación del ingreso de las retenciones del IRPF correspondientes a la
mensualidad de diciembre de 2024, debido al calendario establecido por la Administración gestora, podrá ser presentado dentro de los 10 días siguientes a su ingreso.



En base al artículo 52.2 a) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, si de la liquidación resultara que el importe de las actuaciones