Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Innovación Educativa. (2024050180)
Orden de 4 de noviembre de 2024 por la que se regula la convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 218
Viernes 8 de noviembre de 2024
58027
2. Además, esta orden tiene como objetivo prioritario mejorar el éxito escolar del alumnado
al que van dirigidos, partiendo siempre de la reflexión, el análisis y la investigación del
profesorado y el claustro. Esta investigación afectará a la propia práctica de la docencia
en el aula y en los mecanismos que permiten tomar las mejores decisiones colegiadas.
Los proyectos de innovación educativa deberán plantear estrategias o métodos de trabajo
innovadores que afecten al desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, y que puedan
ser puestos en práctica, contrastados y evaluados en el propio centro y en otros.
Artículo 2. Finalidad.
Asimismo, con la presente orden se pretende:
1. I mpulsar la innovación en cualquier ámbito que afecte a la búsqueda de la excelencia educativa, planteando actividades, estrategias y métodos de trabajo innovadores que fomenten la adquisición de las competencias curriculares, potencien las metodologías activas y
generen ambientes educativos propicios para una educación cada vez más inclusiva.
2. Crear incentivos para la comunicación entre docentes, entre centros educativos, y mejorar
la coordinación entre los diferentes agentes que pueden participar en la acción educativa,
generando así una auténtica cultura profesional de centro que contribuya al éxito escolar,
entendido este más allá de las materias tradicionales.
3. Compartir y promover la puesta en práctica de los proyectos de innovación en otros centros, previa aplicación, contraste y evaluación en el propio centro.
4. Fomentar el reconocimiento del profesorado y del resto de partes de la comunidad educativa, así como la difusión e impacto de actividades relacionadas con la investigación y
la innovación, que generen modelos de referencia e inspiración educativa, y que sean referentes en procesos de gestión del cambio hacia un nuevo modelo de éxito escolar en el
entorno de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 3. Convocatoria.
La convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa se realizará mediante
resolución del Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).
Artículo 4. Características de los proyectos.
Los proyectos de innovación educativa deberán plantear estrategias o métodos de trabajo
innovadores que afecten al desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, promuevan la
participación activa del alumnado, fomenten la colaboración intercentro y que puedan ser
puestos en práctica, contrastados y evaluados en el propio centro.
Viernes 8 de noviembre de 2024
58027
2. Además, esta orden tiene como objetivo prioritario mejorar el éxito escolar del alumnado
al que van dirigidos, partiendo siempre de la reflexión, el análisis y la investigación del
profesorado y el claustro. Esta investigación afectará a la propia práctica de la docencia
en el aula y en los mecanismos que permiten tomar las mejores decisiones colegiadas.
Los proyectos de innovación educativa deberán plantear estrategias o métodos de trabajo
innovadores que afecten al desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, y que puedan
ser puestos en práctica, contrastados y evaluados en el propio centro y en otros.
Artículo 2. Finalidad.
Asimismo, con la presente orden se pretende:
1. I mpulsar la innovación en cualquier ámbito que afecte a la búsqueda de la excelencia educativa, planteando actividades, estrategias y métodos de trabajo innovadores que fomenten la adquisición de las competencias curriculares, potencien las metodologías activas y
generen ambientes educativos propicios para una educación cada vez más inclusiva.
2. Crear incentivos para la comunicación entre docentes, entre centros educativos, y mejorar
la coordinación entre los diferentes agentes que pueden participar en la acción educativa,
generando así una auténtica cultura profesional de centro que contribuya al éxito escolar,
entendido este más allá de las materias tradicionales.
3. Compartir y promover la puesta en práctica de los proyectos de innovación en otros centros, previa aplicación, contraste y evaluación en el propio centro.
4. Fomentar el reconocimiento del profesorado y del resto de partes de la comunidad educativa, así como la difusión e impacto de actividades relacionadas con la investigación y
la innovación, que generen modelos de referencia e inspiración educativa, y que sean referentes en procesos de gestión del cambio hacia un nuevo modelo de éxito escolar en el
entorno de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 3. Convocatoria.
La convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa se realizará mediante
resolución del Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).
Artículo 4. Características de los proyectos.
Los proyectos de innovación educativa deberán plantear estrategias o métodos de trabajo
innovadores que afecten al desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, promuevan la
participación activa del alumnado, fomenten la colaboración intercentro y que puedan ser
puestos en práctica, contrastados y evaluados en el propio centro.