Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024050178)
Orden de 31 de octubre de 2024 por la que se regula el procedimiento para la realización de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 218
Viernes 8 de noviembre de 2024

58000

Esta norma responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficacia prescritos en el referido artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre. La iniciativa normativa cumple con los principios de necesidad y eficacia, ya
que el objetivo que se persigue con su aprobación es la participación de toda la comunidad
educativa, así como el compromiso y colaboración de esta administración de impulsar actuaciones para que los centros educativos puedan cooperar entre ellos y con todos los sectores
de la sociedad.
Se cumple también con el principio de proporcionalidad, dado que la orden se limita a regular
los aspectos necesarios para el correcto funcionamiento de los proyectos. La iniciativa responde en tercer lugar, con el principio de seguridad jurídica, derogando la anterior orden que
regula los proyectos de formación en centros, con el fin de aprobar la regulación más cercana
a la realidad presente, por la que se aborda la participación de diferentes sectores de la comunidad educativa. Se cumple con el principio de transparencia, puesto que en su tramitación se
han formulado tanto consulta pública previa como los trámites de información y sugerencias
abiertos a toda la ciudadanía. Finalmente, en relación con el principio de eficiencia, la iniciativa no implica cargas administrativas de ningún tipo.
Procede en consecuencia, la necesidad de regular mediante orden la convocatoria para la realización de proyectos de formación en los centros docentes de enseñanzas no universitarias,
sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para considerar
esta actividad como innovación educativa.
Por todo ello, y en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, del 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento para la realización de proyectos
de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos
públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Convocatoria.
La convocatoria para la selección de proyectos de formación en centros se realizará mediante resolución de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado
e innovación educativa, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es).