Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Mancomunidades. Ayudas. (2024063655)
Resolución de 17 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2024.
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NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024

57636

incursa en ninguna de las circunstancias relacionadas en el apartado segundo del artículo
12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. La documentación y las informaciones que han de acompañarse a la solicitud son las siguientes:
a) Memoria justificativa de la necesidad de la subvención en la que se indiquen, de forma
concreta e individualizada, las actividades para las que se solicitan las ayudas y presupuesto de las mismas.
b) Certificación expedida por la secretaría de la mancomunidad acreditativa de no disponer
de ninguna otra subvención o ingreso afectado para la actividad de que se trate otorgada por otro organismo, entidad o particular y, en caso contrario, indicación del importe
y organismo que la hubiera concedido, según el anexo II de la presente resolución.
c) Certificación expedida por la secretaría de la mancomunidad en la que se haga constar
los servicios efectivamente prestados por la mancomunidad integral mediante gestión
directa, indicando el número de entidades locales a las que se presta el servicio y el
número de habitantes que lo percibe, especificando el personal propio de la mancomunidad integral adscrito de forma permanente a la prestación de cada servicio, con
indicación del periodo de tiempo que dichas personas están adscritas al servicio, según
el anexo III de la presente resolución.
d) Certificación expedida por la secretaría de la mancomunidad en la que se haga constar
los ingresos que por el concepto de tasa o precio público obtiene la mancomunidad integral como consecuencia directa de la prestación de servicio, según el anexo IV de la
presente resolución.
e) C
 ertificación expedida por la secretaría de la mancomunidad en la que se haga constar
el cumplimiento de las obligaciones financieras para con la mancomunidad integral por
parte de las entidades locales integrantes de la misma.
f) Certificación expedida por la secretaría de la mancomunidad en la que se haga constar el
número de entidades locales mancomunadas y población de las mismas, de conformidad
con los últimos datos de población aprobados por el Instituto Nacional de Estadística.
g) Certificación expedida por la secretaría de la mancomunidad en la que se haga constar
el personal de la plantilla de la mancomunidad integral con dedicación permanente a
la prestación de servicios de la misma, especificando el importe, porcentaje de financiación y administración pública que financia el coste total de cada puesto de trabajo,
señalando las funciones a las que están destinados cada uno de ellos, con indicación