Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040218)
Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025.
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NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024

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fechas y no son susceptibles de ejecutarse en momentos temporales determinados, sino que
se llevan a cabo durante todo el año. Si las ayudas pretenden estimular este tipo de campañas
en el comercio de nuestra región, deben ser ofrecidas de manera compatible con los tiempos
y las circunstancias del momento en que se proyectan. Además, las necesidades de promoción y dinamización del sector comercial, que son constantes e imprevisibles, en muchos
casos impiden su planificación a largo plazo puesto que dependen de la actividad comercial
y de las ventas, por lo que no pueden estar sujetas a plazos que impongan limitaciones en
su ejecución. Se opta por la concesión directa frente al régimen de concurrencia competitiva
debido a la urgencia con la que los beneficiarios necesitan estar en posesión de la resolución
de concesión de la ayuda que en el caso de los Ayuntamientos es lo que le habilita para generar el crédito con el que acometer el proyecto. En caso similar se encuentran las asociaciones
que requieren de la resolución de concesión de la ayuda para poder acceder a la financiación.
Además, dada la diversidad de proyectos existentes y la variedad en los potenciales beneficiarios, no es posible establecer unos criterios objetivos y comunes que permitan priorizar unos
proyectos frente a otros. Así, el procedimiento de concesión directa permite que el comercio
de cualquier localidad extremeña y ubicado en cualquier zona comercial pueda beneficiarse de
estas ayudas para la realización de proyectos de animación comercial, sin que la dimensión
del proyecto, el ámbito geográfico, el número de participantes, la duración de la actuación, ni
ningún otro criterio objetivo, pueda ser determinante para priorizar un proyecto frente a otro,
considerándose que la promoción comercial debe potenciarse de forma general en todo el
comercio de la región y facilitar, con la concesión directa, el acceso a las ayudas de cualquier
iniciativa que cumpla los requisitos.
La resolución de convocatoria se ajustará a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En este contexto, y como medida de agilización, estas bases reguladoras, incorporan la tramitación electrónica del procedimiento, acorde con las prescripciones impuestas tanto por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico. Además,
debido a que estas subvenciones están cofinanciadas, por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER), en aplicación del artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de marzo), las presentes bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las mismas y se aprobarán
por decreto del Consejo de Gobierno.