Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040218)
Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025.
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NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024
57490
Por otro lado, la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial
de Extremadura, recoge en su artículo 77, como medidas de promoción del comercio de proximidad, la modernización y digitalización del pequeño comercio, la creación de marketplace o
el incentivo al consumo en comercio de proximidad. Por su parte, la Estrategia ante el reto
demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto 32/2022, recoge, entre sus
medidas, “impulsar líneas de apoyo al pequeño comercio en zonas rurales, para autónomos y
emprendedores, para garantizar el acceso a bienes y alimentos básicos en todos los núcleos
de población y favorecedoras de dinamismo comercial y conectividad”. En virtud de lo anterior, el presente decreto se considera también una medida adecuada de la política de la Junta
de Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
A estas bases reguladoras les resulta de aplicación el principio de “no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente” (DNSH, por sus siglas en inglés), esto es, que ninguna de las
actuaciones promovidas en estas bases incide negativamente en ninguno de los seis objetivos
medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso sostenible y protección de los
recursos hídricos y marinos, economía circular, prevención y control de la contaminación, y
protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 20212027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
dentro del Objetivo Político 1: “Mejorar la competitividad de las PYME”, Prioridad de Inversión:
1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii). “El refuerzo del crecimiento
sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por
parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Asimismo, el presente decreto se encuentra regulado según las disposiciones del Reglamento
(UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que
se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional,
al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos
Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el
Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará de oficio, mediante convocatoria
aprobada por decreto de Consejo de Gobierno, tramitándose en régimen de concesión directa
dado que las acciones subvencionables que se pretenden fomentar se acometen en distintas
Martes 5 de noviembre de 2024
57490
Por otro lado, la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial
de Extremadura, recoge en su artículo 77, como medidas de promoción del comercio de proximidad, la modernización y digitalización del pequeño comercio, la creación de marketplace o
el incentivo al consumo en comercio de proximidad. Por su parte, la Estrategia ante el reto
demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto 32/2022, recoge, entre sus
medidas, “impulsar líneas de apoyo al pequeño comercio en zonas rurales, para autónomos y
emprendedores, para garantizar el acceso a bienes y alimentos básicos en todos los núcleos
de población y favorecedoras de dinamismo comercial y conectividad”. En virtud de lo anterior, el presente decreto se considera también una medida adecuada de la política de la Junta
de Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
A estas bases reguladoras les resulta de aplicación el principio de “no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente” (DNSH, por sus siglas en inglés), esto es, que ninguna de las
actuaciones promovidas en estas bases incide negativamente en ninguno de los seis objetivos
medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso sostenible y protección de los
recursos hídricos y marinos, economía circular, prevención y control de la contaminación, y
protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 20212027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
dentro del Objetivo Político 1: “Mejorar la competitividad de las PYME”, Prioridad de Inversión:
1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii). “El refuerzo del crecimiento
sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por
parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Asimismo, el presente decreto se encuentra regulado según las disposiciones del Reglamento
(UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que
se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional,
al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos
Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el
Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará de oficio, mediante convocatoria
aprobada por decreto de Consejo de Gobierno, tramitándose en régimen de concesión directa
dado que las acciones subvencionables que se pretenden fomentar se acometen en distintas