Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040218)
Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025.
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024

57516

1. E
 xisten dos líneas de ayudas:
a) Línea 1: dirigida a municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
b) Línea 2: dirigida a asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio que
cumplan los siguientes requisitos:


— Que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.



— Que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Que más del 50% de los socios sean empresarios cuya actividad principal se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios,
bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes), 65 (Comercio al por
menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) y grupo 663 (Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.



— Que más del 80 % de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa.

2. A
 demás, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. P
 rocedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en virtud de lo dispuesto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por tanto, las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando por
las entidades en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y
criterios establecidos en este decreto, dentro del límite de la disponibilidad presupuestaria.
4. S
 olicitudes de ayuda y documentación a aportar.
1. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de
la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará el 31 de julio de 2025, o en su caso hasta el agotamiento del crédito
presupuestario, y respetará el plazo mínimo de presentación de solicitudes establecido
en el artículo 7.1 de las bases reguladoras.