Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040218)
Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025.
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NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024
57500
Los municipios y entidades locales menores deberán acceder a la Sede electrónica a través
de la sección de Entidades Locales, mientras que las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio lo harán a través de la sección de Carpeta Ciudadana.
Para la tramitación de la ayuda, los solicitantes podrán identificarse y autenticarse electrónicamente mediante los sistemas de identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora admitidos, así como un
sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido. Por ello, para el
proceso de presentación de las solicitudes, los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de certificado electrónico en vigor y, si no dispone
de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/
http://www.cert.fnmt.es/
3. L
as solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
a) En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, los estatutos legalizados y
el poder del representante legal.
En caso de elevación a público del poder del representante legal, si se ha formalizado
ante notario a partir del 5 de junio de 2014, el interesado lo hará constar en el apartado
correspondiente de la solicitud indicando el Código Seguro de Verificación (CSV), lo que
conllevará la autorización al órgano competente para la ordenación e instrucción del
procedimiento para que este consulte a través de la RED SARA la copia simple del poder
notarial, salvo que se formule oposición expresa.
Asimismo, las entidades solicitantes podrán oponerse a la consulta de oficio de documentos y certificados que deban acreditar las administraciones y registro públicos,
mediante la cumplimentación de los apartados correspondientes.
b) Memoria descriptiva y memoria valorada de la actuación, conforme el anexo II.
c) Presupuestos o facturas proformas. Cuando el importe de un concepto de gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como
mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la obra, prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por
las especiales características del gasto, no exista en el mercado suficiente número de
entidades que lo suministren o presten. La elección entre las ofertas presentadas se
Martes 5 de noviembre de 2024
57500
Los municipios y entidades locales menores deberán acceder a la Sede electrónica a través
de la sección de Entidades Locales, mientras que las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio lo harán a través de la sección de Carpeta Ciudadana.
Para la tramitación de la ayuda, los solicitantes podrán identificarse y autenticarse electrónicamente mediante los sistemas de identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora admitidos, así como un
sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido. Por ello, para el
proceso de presentación de las solicitudes, los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de certificado electrónico en vigor y, si no dispone
de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/
http://www.cert.fnmt.es/
3. L
as solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
a) En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, los estatutos legalizados y
el poder del representante legal.
En caso de elevación a público del poder del representante legal, si se ha formalizado
ante notario a partir del 5 de junio de 2014, el interesado lo hará constar en el apartado
correspondiente de la solicitud indicando el Código Seguro de Verificación (CSV), lo que
conllevará la autorización al órgano competente para la ordenación e instrucción del
procedimiento para que este consulte a través de la RED SARA la copia simple del poder
notarial, salvo que se formule oposición expresa.
Asimismo, las entidades solicitantes podrán oponerse a la consulta de oficio de documentos y certificados que deban acreditar las administraciones y registro públicos,
mediante la cumplimentación de los apartados correspondientes.
b) Memoria descriptiva y memoria valorada de la actuación, conforme el anexo II.
c) Presupuestos o facturas proformas. Cuando el importe de un concepto de gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como
mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la obra, prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por
las especiales características del gasto, no exista en el mercado suficiente número de
entidades que lo suministren o presten. La elección entre las ofertas presentadas se