Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040218)
Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025.
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024

57499

ten diferentes categorías de gastos elegibles, precisamente para adecuarse a las diferentes necesidades del comercio minorista. Además, los proyectos subvencionables no están
sujetos a plazos o limitaciones temporales, ya que pueden desarrollarse todo el año, así
que establecer un plazo limitado para la presentación de solicitudes restringiría el acceso
de muchas entidades a las ayudas y dilataría la creación de nuevas empresas, impidiendo
cumplir con el fin de las ayudas, ya que el objetivo consiste en aprobar una ayuda global,
que sirva de apoyo a cualquier comercio minorista, independientemente de sus características, para modernizar su negocio e incrementar la competitividad en diferentes ámbitos.
Además, dada la diversidad de proyectos existentes y la variedad en los potenciales beneficiarios, no es posible establecer unos criterios objetivos y comunes que permitan priorizar
unos proyectos frente a otros. Así, el procedimiento de concesión directa permite que el
comercio de cualquier localidad extremeña y ubicado en cualquier zona comercial pueda
beneficiarse de estas ayudas para la realización de proyectos de animación comercial, sin
que la dimensión del proyecto, el ámbito geográfico, el número de participantes, la duración de la actuación, ni ningún otro criterio objetivo, pueda ser determinante para priorizar
un proyecto frente a otro, considerándose que la promoción comercial debe potenciarse
de forma general en todo el comercio de la región y facilitar, con la concesión directa, el
acceso a las ayudas de cualquier iniciativa que cumpla los requisitos.
2. L
 a convocatoria se ajustará a las presentes bases reguladoras y se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es , junto al extracto previsto en el artículo
16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
La primera convocatoria de ayudas se contiene en la disposición adicional única de este
mismo decreto.
3. El procedimiento de concesión se iniciará mediante la presentación de una solicitud acompañada de la documentación que se establece en los artículos siguientes. La concesión de
las ayudas se realizará hasta el agotamiento del crédito disponible, atendiendo a la fecha
de presentación de las solicitudes de subvención.
Artículo 6. Solicitudes de ayuda y documentación a aportar.
1. L
 as solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de comercio interior, con arreglo al modelo del anexo I.
2. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general
electrónico https://www.juntaex.es/w/5512 dentro de la ficha correspondiente al trámite
desde donde se habilitará el acceso a la Sede electrónica asociada para presentar la
solicitud.