Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2024063670)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 214
Lunes 4 de noviembre de 2024

57271

Dirección General de Personal Docente. De no realizarse dicha opción en el plazo indicado, en
el primer supuesto se deberá tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo
desde el que se ha participado en situación de servicio activo. En el segundo supuesto, la
persona participante permanecerá en la plaza y en el cuerpo de origen sin que tenga lugar
incorporación a la plaza obtenida en la resolución definitiva. La plaza a la que no se opte
tendrá la consideración de vacante desierta y se cubrirá reglamentariamente en la forma que
determine esta Administración educativa.
19.3. En el supuesto de que por la presente convocatoria se provean vacantes o resultas
inexistentes o si como consecuencia de la interposición de recursos en vía administrativa o
contencioso-administrativa se anulasen las adjudicaciones de puestos, al personal funcionario
afectado se le considerará pendiente de destino provisional como consecuencia de resolución
de recurso o cumplimiento de sentencia, siéndole de aplicación lo establecido al efecto por el
Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre. Este personal funcionario vendrá obligado a participar en todos los concursos de traslados que se convoquen hasta la obtención de un destino
definitivo. Asimismo, tendrán la obligación de participar en el procedimiento de adjudicación
de destinos provisionales para el curso correspondiente.
19.4. Los recursos contra la Resolución definitiva del concurso de traslados con independencia
de que se haya participado a través de esta convocatoria se deberán dirigir y ser resueltos por
la Administración Educativa a la que pertenezca la plaza objeto de recurso, quien podrá solicitar a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura
cuanta información considere necesaria del recurrente.
Vigésima. Reingreso desde la situación de excedencia.
El profesorado excedente que reingrese al servicio activo como consecuencia del concurso,
presentará ante la Delegación Provincial de Educación de la que dependa el centro obtenido,
declaración jurada o promesa de no hallarse separado de ningún Cuerpo o Escala de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Local en virtud de expediente
disciplinario, ni de estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas así como resolución por la cual se les le declaraba en la situación de excedencia.
Vigésimo primera. Toma de posesión.
21.1. La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución tendrá lugar el 1 de septiembre de 2025.
21.2. Los funcionarios procedentes de otras Administraciones educativas que mediante los
concursos de traslados de ámbito estatal obtengan destino definitivo en el ámbito de gestión
de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura,
percibirán sus retribuciones de acuerdo con las normas retributivas correspondientes a esta
última.