Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2024063670)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 214
Lunes 4 de noviembre de 2024

57245

procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del
empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema
de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias
y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de
Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller
de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.


2º) Todas las personas aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de la Dirección General de Personal Docente de 10 de marzo
de 2023, que hubieran solicitado y se les hubiera concedido el aplazamiento de
incorporación a la fase de prácticas o no hubieran superado la fase de prácticas.



La adjudicación de destino a quienes participen en la presente convocatoria durante el segundo año en el que hayan sido nombrados como personal funcionario
en prácticas, en aquellos supuestos en los que durante su primer año de nombramiento como personal funcionario en esa condición les haya sido autorizado el
aplazamiento de dicha fase de prácticas por el disfrute de los permisos por motivos
de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos en el artículo 49
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o por haber
estado en una situación de incapacidad temporal, maternidad y permisos derivados
de la misma (paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento
temporal o permanente, o bien por encontrarse en situación de incapacidad temporal relacionada con el embarazo o la lactancia natural) debidamente justificados
y apreciados por la Dirección General de Personal Docente o bien no hayan podido
ser evaluados por los mismos motivos, se realizará atendiendo a la puntuación que
obtengan conforme al baremo de méritos (anexo I) que acompaña a esta convocatoria. Para ello deberá aportar la documentación justificativa de dichos méritos de
acuerdo con la base decimoquinta. La toma de posesión en el destino adjudicado
estará supeditada a la superación de esa fase de prácticas.



Las personas participantes en la presente convocatoria durante el segundo año en
el que hayan sido nombrados como personal funcionario en prácticas por no haber
superado durante su primer año de nombramiento en dicha condición la fase de
prácticas o cuando les haya sido autorizado un aplazamiento de las mismas por motivos distintos a los señalados en el párrafo anterior, concursarán sin puntuación, no
debiendo adjuntar ninguna documentación justificativa de los méritos, realizándose
la adjudicación de destinos en los términos establecidos en la base decimoséptima.