Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Procesos Selectivos. (2024063626)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo Rector, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector por el que se aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo, mediante concurso-oposición, con carácter indefinido de una plaza de Oficial de 1.ª Carpintero, encuadrada en el Grupo IV del Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura y para el Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024
56463
partir del siguiente a la publicación para la presentación de la documentación original que
permita comprobar la autenticidad de los méritos alegados, así como de los requisitos para
participar en la convocatoria, al efecto de componer la Bolsa de Trabajo,
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
6. La persona aspirante propuesta, deberán someterse a reconocimiento médico que acredite
su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho
reconocimiento concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado,
realizándose la propuesta a quien ostente la posición siguiente en la relación que contenga
la puntuación final de todos los aspirantes.
7. Finalizado el proceso de elección de puestos, se formalizará con el aspirante seleccionado
el correspondiente contrato de trabajo como personal laboral fijo.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración un mes.
8. Las pruebas selectivas serán resueltas en el plazo máximo de 12 meses a contar desde el
día siguiente al de finalización del plazo de presentación de instancias.
Décima. Bolsa de trabajo.
Con las personas aspirantes que superen la puntuación de 10 puntos, se constituirá una bolsa
de trabajo para cubrir posibles vacantes.
El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, a través de cualquier medio
de los que se haga constar en la solicitud entregada. La renuncia supone la exclusión del
aspirante de la bolsa de trabajo, salvo que concurra alguna las siguientes circunstancias que
impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente acreditadas, según la regulación
contenida en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En estos casos se respetará el orden del aspirante en la bolsa de trabajo para los próximos
ofrecimientos, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo máximo de
diez días desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo. En caso contrario, será
excluido de la lista.
La lista de espera estará en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria de pruebas
selectivas o hasta que el Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana lo deter
mine.
Martes 29 de octubre de 2024
56463
partir del siguiente a la publicación para la presentación de la documentación original que
permita comprobar la autenticidad de los méritos alegados, así como de los requisitos para
participar en la convocatoria, al efecto de componer la Bolsa de Trabajo,
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
6. La persona aspirante propuesta, deberán someterse a reconocimiento médico que acredite
su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho
reconocimiento concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado,
realizándose la propuesta a quien ostente la posición siguiente en la relación que contenga
la puntuación final de todos los aspirantes.
7. Finalizado el proceso de elección de puestos, se formalizará con el aspirante seleccionado
el correspondiente contrato de trabajo como personal laboral fijo.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración un mes.
8. Las pruebas selectivas serán resueltas en el plazo máximo de 12 meses a contar desde el
día siguiente al de finalización del plazo de presentación de instancias.
Décima. Bolsa de trabajo.
Con las personas aspirantes que superen la puntuación de 10 puntos, se constituirá una bolsa
de trabajo para cubrir posibles vacantes.
El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, a través de cualquier medio
de los que se haga constar en la solicitud entregada. La renuncia supone la exclusión del
aspirante de la bolsa de trabajo, salvo que concurra alguna las siguientes circunstancias que
impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente acreditadas, según la regulación
contenida en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En estos casos se respetará el orden del aspirante en la bolsa de trabajo para los próximos
ofrecimientos, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo máximo de
diez días desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo. En caso contrario, será
excluido de la lista.
La lista de espera estará en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria de pruebas
selectivas o hasta que el Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana lo deter
mine.