Consorcio Museo Etnográfico Extremeño "gonzález Santana". Procesos Selectivos. (2024063626)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo Rector, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector por el que se aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo, mediante concurso-oposición, con carácter indefinido de una plaza de Oficial de 1.ª Carpintero, encuadrada en el Grupo IV del Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura y para el Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024
56464
En lo demás, se estará a la regulación de las listas de espera en el Reglamento General de In
greso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécima. Impugnacion, incidencias o recursos.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las
soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden en aquellos aspectos no pre
vistos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa relacionada en las mismas,
así como las demás normas concordantes de general aplicación.
Contra las decisiones definitivas del Tribunal de Selección cabrá recurso ante la Presidencia
del Consejo Rector del Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana, cuya reso
lución agotará la vía administrativa.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán in
terponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-adminis
trativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-ad
ministrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estimen procedente.
Las presentes bases y su convocatoria, que regirán el proceso selectivo, así como los distintos
actos de ejecución de las mismas que requieran publicidad, se publicarán íntegramente en la
sección de noticias y novedades de la página web del https://museodeolivenza.com.
Duodécima. Normal final y protección de datos.
Por el mero hecho de participar en este proceso de selección, la persona candidata se somete
a las bases de la convocatoria, a su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal de
Selección sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679,
de 27 de abril (GDPR), de Protección de Datos de carácter personal, los datos personales
obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud o cualquier otro que se requiera serán
incorporados, para su tramitación, en un fichero automatizado. De acuerdo con lo previsto en
Martes 29 de octubre de 2024
56464
En lo demás, se estará a la regulación de las listas de espera en el Reglamento General de In
greso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécima. Impugnacion, incidencias o recursos.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las
soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden en aquellos aspectos no pre
vistos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa relacionada en las mismas,
así como las demás normas concordantes de general aplicación.
Contra las decisiones definitivas del Tribunal de Selección cabrá recurso ante la Presidencia
del Consejo Rector del Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana, cuya reso
lución agotará la vía administrativa.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán in
terponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-adminis
trativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-ad
ministrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estimen procedente.
Las presentes bases y su convocatoria, que regirán el proceso selectivo, así como los distintos
actos de ejecución de las mismas que requieran publicidad, se publicarán íntegramente en la
sección de noticias y novedades de la página web del https://museodeolivenza.com.
Duodécima. Normal final y protección de datos.
Por el mero hecho de participar en este proceso de selección, la persona candidata se somete
a las bases de la convocatoria, a su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal de
Selección sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679,
de 27 de abril (GDPR), de Protección de Datos de carácter personal, los datos personales
obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud o cualquier otro que se requiera serán
incorporados, para su tramitación, en un fichero automatizado. De acuerdo con lo previsto en