Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063601)
Resolución de 20 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil promovido por Alfotrailer, SL, en el término municipal de Almendralejo.
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NÚMERO 211
56296
Martes 29 de octubre de 2024
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de Alfotrailer, SL, para la instalación y
puesta en marcha del proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su
vida útil, referido en el anexo I de la presente resolución, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, recogida en los epígrafes 9.1 y 9.6
del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a “Instalaciones para la valorización o
eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en
el anexo I” e ” Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no
incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios”, señalando que en el ejercicio de la actividad
se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y en el recogido en la documentación
técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio
de las prescripciones de cuantas normativas sean de aplicación a la actividad de referencia en
cada momento. El número de expediente de la instalación es el AAU 23/052.
-a- Producción, tratamiento y gestión de residuos generados.
1. L
os residuos que se autorizan a gestionar en el centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil son los siguientes:
LER-VEH (I)
16 01 04*
10
RESIDUO
DESCRIPCIÓN
DESTINO
CANTIDAD
MÁXIMA
ANUAL
Automóviles
al final de
su vida útil
Vehículos al
final de su
vida útil
CAPACIDAD MAXIMA
DE ALMACENAMIENTO
•Z
ona de Recepción
(225,00 m2)
•Z
ona de descontaminación de vehículos
(100,00 m2)
Vehículos
16 01 04*
20
ORIGEN
Entrega del
residuo a una
entidad pública
o privada autorizada para
la recogida del
mismo, para su
tratamiento
•Z
ona de líquidos
contaminantes
(16,00 m2)
Valorización
400 vehículos
•Z
ona de almacenamiento de productos
descontaminados
(719,29 m2)
•Z
ona de almacén de
neumáticos (100,00
m2)
•Z
ona de almacenamiento de vehículos
descontaminados
(4.690,49 m2)
(1) L
ER-VEH: Lista europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE y el Real Decreto
265/2021, de 13 de abril. Los residuos cuyos códigos LER aparecen marcados con un asterisco está considerados
como residuos peligrosos.
56296
Martes 29 de octubre de 2024
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de Alfotrailer, SL, para la instalación y
puesta en marcha del proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su
vida útil, referido en el anexo I de la presente resolución, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, recogida en los epígrafes 9.1 y 9.6
del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a “Instalaciones para la valorización o
eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en
el anexo I” e ” Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no
incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios”, señalando que en el ejercicio de la actividad
se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y en el recogido en la documentación
técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio
de las prescripciones de cuantas normativas sean de aplicación a la actividad de referencia en
cada momento. El número de expediente de la instalación es el AAU 23/052.
-a- Producción, tratamiento y gestión de residuos generados.
1. L
os residuos que se autorizan a gestionar en el centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil son los siguientes:
LER-VEH (I)
16 01 04*
10
RESIDUO
DESCRIPCIÓN
DESTINO
CANTIDAD
MÁXIMA
ANUAL
Automóviles
al final de
su vida útil
Vehículos al
final de su
vida útil
CAPACIDAD MAXIMA
DE ALMACENAMIENTO
•Z
ona de Recepción
(225,00 m2)
•Z
ona de descontaminación de vehículos
(100,00 m2)
Vehículos
16 01 04*
20
ORIGEN
Entrega del
residuo a una
entidad pública
o privada autorizada para
la recogida del
mismo, para su
tratamiento
•Z
ona de líquidos
contaminantes
(16,00 m2)
Valorización
400 vehículos
•Z
ona de almacenamiento de productos
descontaminados
(719,29 m2)
•Z
ona de almacén de
neumáticos (100,00
m2)
•Z
ona de almacenamiento de vehículos
descontaminados
(4.690,49 m2)
(1) L
ER-VEH: Lista europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE y el Real Decreto
265/2021, de 13 de abril. Los residuos cuyos códigos LER aparecen marcados con un asterisco está considerados
como residuos peligrosos.