Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión De Alumnos. Formación Profesional. (2024063585)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados D y E en la modalidad de oferta modular presencial, semipresencial y on-line en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 209
Viernes 25 de octubre de 2024
55162
ordenarán en función de la nota media obtenida en la titulación o prueba de acceso a
dicho ciclo formativo.
ii. A continuación, las personas que hayan superado un procedimiento de acreditación de
competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e
informales, ordenadas en función del número de estándares de competencia acreditados. En caso de empate tendrá preferencia el participante de mayor edad.
iii. Por último, aquellas que no cumplan con los requisitos académicos pero que tengan experiencia laboral acreditable de al menos un año a jornada completa, relacionada con el
sector al que pertenece la familia profesional del ciclo formativo. Si existiera un empate
entre ellas, se establecerá un orden decreciente de la experiencia laboral expresada en
días. De persistir el mismo, se dará prioridad al solicitante de mayor edad.
iv. Si persiste el de empate en los casos anteriores tras la aplicación de los criterios anteriores, éste se resolverá aplicando la Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección
General de Función Pública publicada en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se
da publicidad al resultado del sorteo público para determinar el orden de actuación y
prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año
2024 (DOE núm. 80, de 9 de abril de 2024). De este modo, se ordenarán a partir de la
letra extraída para el primer apellido, que para el presente año ha sido la letra “S”.
Quincuagésimo. Presentación de solicitudes en la oferta modular específica.
1. L
as personas interesadas en cursar estas enseñanzas en oferta modular específica formalizarán una única solicitud en cada centro donde se impartan las enseñanzas, siguiendo el
modelo establecido en el anexo XV.
2. Las solicitudes de admisión se presentarán y formalizarán conforme al procedimiento establecido en el apartado 4 del resuelvo décimo cuarto y aportando la documentación recogida en el resuelvo décimo sexto.
3. E
n lo referente al cotejo de la documentación presentada se estará a lo especificado en el
resuelvo décimo séptimo.
Quincuagésimo primero. Condiciones de la solicitud de admisión en la oferta modular
específica.
1. E
n la solicitud presentada, el interesado:
a. Deberá elegir únicamente módulos profesionales que sean impartidos en el mismo centro educativo, ordenados según su preferencia.
Viernes 25 de octubre de 2024
55162
ordenarán en función de la nota media obtenida en la titulación o prueba de acceso a
dicho ciclo formativo.
ii. A continuación, las personas que hayan superado un procedimiento de acreditación de
competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e
informales, ordenadas en función del número de estándares de competencia acreditados. En caso de empate tendrá preferencia el participante de mayor edad.
iii. Por último, aquellas que no cumplan con los requisitos académicos pero que tengan experiencia laboral acreditable de al menos un año a jornada completa, relacionada con el
sector al que pertenece la familia profesional del ciclo formativo. Si existiera un empate
entre ellas, se establecerá un orden decreciente de la experiencia laboral expresada en
días. De persistir el mismo, se dará prioridad al solicitante de mayor edad.
iv. Si persiste el de empate en los casos anteriores tras la aplicación de los criterios anteriores, éste se resolverá aplicando la Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección
General de Función Pública publicada en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se
da publicidad al resultado del sorteo público para determinar el orden de actuación y
prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año
2024 (DOE núm. 80, de 9 de abril de 2024). De este modo, se ordenarán a partir de la
letra extraída para el primer apellido, que para el presente año ha sido la letra “S”.
Quincuagésimo. Presentación de solicitudes en la oferta modular específica.
1. L
as personas interesadas en cursar estas enseñanzas en oferta modular específica formalizarán una única solicitud en cada centro donde se impartan las enseñanzas, siguiendo el
modelo establecido en el anexo XV.
2. Las solicitudes de admisión se presentarán y formalizarán conforme al procedimiento establecido en el apartado 4 del resuelvo décimo cuarto y aportando la documentación recogida en el resuelvo décimo sexto.
3. E
n lo referente al cotejo de la documentación presentada se estará a lo especificado en el
resuelvo décimo séptimo.
Quincuagésimo primero. Condiciones de la solicitud de admisión en la oferta modular
específica.
1. E
n la solicitud presentada, el interesado:
a. Deberá elegir únicamente módulos profesionales que sean impartidos en el mismo centro educativo, ordenados según su preferencia.