Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024063580)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas".
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NÚMERO 209

55080

Viernes 25 de octubre de 2024

TRIENIOS

AÑOS

DÍAS ADICIONALES

6

18

2

8

24

3

9

27

4

10

30

5

11

33

6

12

36

7

13

39

8

14

42

9

15

45

10

La denegación de la concesión de días de asuntos particulares siempre será motivada, sin que la Mancomunidad pueda ampararse en necesidades genéricas del servicio.
Cuando por las necesidades del servicio no resultará posible disfrutar de este permiso
antes del final del mes de diciembre, podrá hacerse efectivo hasta el 31 de enero del
año siguiente.
j) Por matrimonio o pareja de hecho, que se acreditará a través de su inscripción en el
Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura o equivalente, quince días naturales y consecutivos, pudiendo ser inmediatamente anteriores o
posteriores, en todo o en parte, al día en que se celebre el matrimonio o se produzca
la inscripción. El personal que disfrute de este permiso por inscripción en un registro
de uniones de hecho no podrá disfrutarlo de nuevo en caso de contraer matrimonio
posteriormente con la misma persona. Cuando el permiso se disfrute después de la celebración del matrimonio o de la inscripción, si tal hecho acaece en día no laborable, el
cómputo se iniciará en el primer día posterior laborable a la celebración o inscripción.
Permisos por Maternidad, Paternidad, adopción o acogimiento.
En todo caso se concederán los siguientes permisos con las correspondientes condiciones
mínimas:
k) Permiso por nacimiento para la madre biológica: tendrá una duración de dieciséis semanas, de las cuales las seis semanas inmediatas posteriores al parto serán en todo caso
de descanso obligatorio e ininterrumpidas. Este permiso se ampliará en dos semanas
más en el supuesto de discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del
segundo en los supuestos de parto múltiple, una para cada uno de los progenitores.