Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063564)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada del proyecto de planta extractora de aceite de orujo de oliva, cuya promotora es Nuestra Señora de la Estrella, SA, en el término municipal de Los Santos de Maimona.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024

54311

— Con la información facilitada ha sido posible comprobar que no consta expediente administrativo en tramitación destinado al otorgamiento de la calificación rústica, regulada
en los artículos 69 y siguientes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
— La materialización de las edificaciones, construcciones e instalaciones destinadas a cualquiera de los usos permitidos y/o autorizables recogidos en los apartados 4 y 5 del artículo 67 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, que se pretendan realizar en suelo rústico, requerirá de la
oportuna calificación rústica mediante resolución expresa, como requisito imprescindible previo a la licencia municipal.
— El procedimiento de calificación rústica para legitimar la actuación pretendida deberá
tramitase conforme a los dispuesto en el apartado 9 del artículo 69 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
6. C
 on fecha 20 de julio de 2023 se recibe informe de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural; en que se recoge la recomendación de que, durante la fase
de ejecución de las obras contempladas en proyecto, como medida preventiva de cara a la
protección del patrimonio arqueológico no detectado, se aplique lo establecido en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante
la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor
y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán
las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento
en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
7. C
 on fecha 11 de septiembre de 2023, se recibe informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, en el que informa
que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en la Red
Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa o indirectamente,
a los mismos o a sus valores ambientales.
No obstante, si durante la realización de las actuaciones se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las mismas, se paralizará la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección
General de Sostenibilidad (Agentes del Medio Natural, y/o técnicos de este Servicio), previa comunicación de tal circunstancia.
8. C
 on fecha 18 de julio de 2023, se recibe informe de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana.