Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063513)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras para la ejecución del proyecto "Música en los hospitales y centros de Atención Primaria".
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NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024

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d. F
 acilitar al responsable de la Asociación que actúa como interlocutor o coordinador, y de
común acuerdo, las instrucciones precisas de actuación, horarios, así como las áreas o
unidades en las que deben actuar.
e. Contribuir a la publicidad y difusión de las actividades programadas en el contexto del
presente Convenio, sin que ello suponga coste alguno.
Cuarta. Obligaciones de la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras.
La Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras, tendrá las siguientes obligaciones:
a. Orientar y asesorar sobre los servicios y recursos que les ofrece.
b. D
 esignar a una persona que desarrolle la función de coordinación del voluntariado de
la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras, que será responsable de la actuación de
sus miembros y el interlocutor válido ante el representante del Servicio Extremeño de
Salud en cada actuación.
c. Cumplir los compromisos adquiridos con el Servicio Extremeño de Salud, respetando
los fines y normativas del mismo, sin que su actuación pueda interferir, en ningún caso,
en el funcionamiento habitual de los hospitales y centros de atención primaria, y en el
desarrollo de la actividad de los/las profesionales sanitarios y no sanitarios.
d. R
 echazar cualquier contraprestación material o económica que pudiera recibir bien de
las personas destinatarias, o de cualquier persona relacionada con ellos.
e. Respetar los derechos de las personas destinatarias del proyecto.
f. A
 ctuar de forma diligente, responsable y solidaria de acuerdo con el compromiso de incorporación suscrito.
g. R
 espetar y cuidar los recursos materiales y las instalaciones que se pongan a su disposición.
h. Cumplir las medidas de seguridad, salud e higiene existentes en los hospitales y centros
de atención primaria donde se desarrolle la actividad objeto del presente convenio.
i. Aportar el material necesario para el desarrollo de las actividades programadas.
j. Aportar identificación para el equipo voluntario.
k. Proveer de los seguros de Accidentes y Responsabilidad Civil del personal vinculado a
este proyecto y que cubra los posibles daños ocasionados en el desarrollo de sus funcio-