Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063513)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras para la ejecución del proyecto "Música en los hospitales y centros de Atención Primaria".
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NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024

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para desarrollar el programa “Música en los hospitales y centros de Atención Primaria” de
manera que llegue la música a las áreas de salud de la red pública asistencial del Servicio Extremeño de Salud, utilizando la música como disciplina artística y como herramienta comunicativa que permita conectar a las personas desde la emoción fundamentalmente con aquellos
que más lo necesitan, ayudando a paliar los sentimientos de soledad, desesperanza o tristeza
en su tránsito por los centros sanitarios, y siempre de forma libre y voluntaria.
Segunda. Actividades.
La actividad concreta a desarrollar, en los hospitales y centros de atención primaria del Servicio Extremeño de Salud, será la realización de sesiones de música dirigida a las personas
hospitalizadas o atendidas en centros de atención primaria y sus familiares o tutores.
La participación en las actividades, en todo caso, tendrá carácter libre y voluntario.
Las actuaciones se realizarán de manera periódica conforme a una programación, correspondiendo, a la dirección del centro y, en su caso, a la Gerencia del Área de Salud donde se ubique el mismo, y a la Asociación de Músicos Solidarios sin Fronteras, acordar los pormenores
de su organización y desarrollo.
La referida actividad será desarrollada por el personal de la Asociación sin que de la misma
se derive relación civil, laboral, funcionarial o mercantil entre los voluntarios y la Asociación o
con el Servicio Extremeño de Salud; de manera que se efectuarán con un carácter totalmente
altruista y solidario.
Tercera. Obligaciones del Servicio Extremeño de Salud.
a. Permitir el acceso a las instalaciones de los centros al personal de la Asociación Músicos
Solidarios sin Fronteras, previa identificación, para la realización de las actividades
que se contemplen en los programas desarrollados por la misma, recogidas en este
convenio.
Este acceso tendrá las restricciones y se regirá por los horarios que, a tal efecto, disponga la Dirección Asistencial del Área de Salud en la que se ubique el centro sanitario
donde se vaya a desarrollar la actividad objeto de presente convenio.
b. D
 esignar un responsable que actuará como interlocutor entre el personal del centro sanitario del Servicio Extremeño de Salud y el personal de la Asociación Músicos Solidarios
sin Fronteras para el cumplimiento del presente convenio.
c. Facilitar información al personal sanitario acerca de las funciones y actividades a desarrollar por el personal de la Asociación Músicos Solidarios sin Fronteras.