Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063500)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora en las instalaciones del punto limpio situado en el polígono 4, parcela 217, "Ejido Patero", del término municipal de Rebollar (Cáceres)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Rebollar. Expte.: IA24/0833.
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NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024



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3. E
 n lo que respecta al posible empleo de combustibles y carburantes, desde la Confederación Hidrográfica del Tajo se indica que todos los depósitos de combustibles/
carburantes y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o aéreos,
deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a
las aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de estanqueidad. Lo mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de
almacenamiento y distribución de otras sustancias susceptibles de contaminar el
medio hídrico.



4. S
 e debe prestar especial atención en el almacenamiento de residuos peligrosos. Tal
como se especifica en el artículo 21 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular, cuestiones como:

4.1. En el caso de almacenamiento de residuos peligrosos estos deberán estar protegidos de la intemperie y con sistemas de retención de vertidos y derrames.
4.2. No superar el tiempo de almacenamiento de seis meses desde que se inicie el
depósito de residuos en el lugar de almacenamiento debiendo constar la fecha de
inicio en el archivo cronológico y también en el sistema de almacenamiento (jaulas,
contenedores, estanterías, entre otros) de esos residuos.


5. E
 l espacio dentro de la parcela estará escrupulosamente compartimentado para el
almacenamiento y la correcta gestión de los diferentes tipos de residuos que llegan
al punto limpio. Los contenedores serán estancos y protegidos del exterior para evitar fugas y entrada de otros contenidos.



6. E
 n el caso de vertidos accidentales se realizarán inertizaciones con productos adecuados, y si fuera preciso se procederá a la retirada del suelo afectado y tratamiento
por un gestor autorizado.



7. T
 odos los elementos de la planta y labores de manejo de los materiales deberán
asegurar que se minimicen la dispersión de polvo y otros volátiles al entorno.



8. S
 e dispondrá de un plan de actuación en caso de vertidos accidentales que permita
una acción rápida y eficaz ante posibles eventos de contaminación, contando con los
medios adecuados ante accidentes medioambientales por vertido de contaminantes
(tierras absorbentes, aspiradora de líquidos, etc.).



9. L
 os residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados
conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. La gestión de residuos deberá ser realizada
por empresas que estén registradas conforme a lo establecido en dicha Ley 7/2022,