Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2024063402)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025.
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NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024

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colectiva) o en los propios edificios de tipología residencial colectiva objeto de este programa, así como en las vías de evacuación de los mismos. Se incluyen obras dirigidas
a la ampliación de espacios de circulación dentro de la vivienda que cumplan con las
condiciones del Código Técnico de la Edificación en lo referido a vivienda accesible, así
como para mejorar las condiciones de accesibilidad en baños y cocinas, así como las
modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas a las necesidades específicas
de las personas con discapacidad que habitan las viviendas. Se incluyen asimismo las
obras necesarias y complementarias sobre elementos directamente relacionados con
la actuación de mejora de accesibilidad universal y cuyo mal estado de conservación
aconseje la intervención.
i) Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el
Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-SUA, Seguridad de utilización
y accesibilidad. En particular la instalación de elementos que mejoren la accesibilidad y
seguridad de utilización en los ascensores, como la mejora de la nivelación de la cabina.
3. L
 as actuaciones subvencionables referidas en el apartado anterior podrán referirse a:
a) Viviendas unifamiliares, aisladas o agrupadas en fila, ya sean urbanas o rurales.
b) Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda.
c) Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
Segundo. Régimen jurídico.
La concesión de las subvenciones referidas en la presente resolución se regirá, en todo caso,
por lo dispuesto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono
Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025; en la Orden de la
Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de septiembre de 2022, por la que se
aprueban las bases reguladoras de subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura; en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos de las actuaciones subvencionables.
1. Las actuaciones subvencionables objeto de la presente convocatoria, y referidas en el resuelvo primero, deberán reunir los requisitos que seguidamente se señalan:
a) Que las obras que constituyan su objeto se hayan iniciado con posterioridad al 31 de
diciembre de 2021, y así se acredite mediante la aportación de un reportaje fotográfico