Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024063428)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Superior de Prevención de Riesgos Laborales, mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 205
Lunes 21 de octubre de 2024
52482
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector de la
Universidad de Extremadura, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
7.7. C
orresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran
surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime
pertinentes.
7.8. Los aspirantes que acudan a cada ejercicio de los que compongan la fase de oposición
tendrán derecho a que se les haga entrega del cuestionario o supuestos prácticos que se
planteen por el Tribunal.
8. Lista de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso.
8.1. Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad,
pasaporte o tarjeta de identidad. Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación
correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para efectuar
reclamaciones ante el Tribunal.
8.2. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una
vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, y comprenderá a los aspirantes
que superen el mismo, facultando a los interesados para poner reclamación ante el Tribunal en un plazo de cinco días.
8.3. Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la
puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales
obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo
sucesivamente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese
el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso respectivamente
y si éste persistiera, se tendrá en cuenta para establecer el orden final los siguientes
criterios:
— Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
Lunes 21 de octubre de 2024
52482
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector de la
Universidad de Extremadura, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
7.7. C
orresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran
surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime
pertinentes.
7.8. Los aspirantes que acudan a cada ejercicio de los que compongan la fase de oposición
tendrán derecho a que se les haga entrega del cuestionario o supuestos prácticos que se
planteen por el Tribunal.
8. Lista de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso.
8.1. Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad,
pasaporte o tarjeta de identidad. Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación
correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para efectuar
reclamaciones ante el Tribunal.
8.2. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una
vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, y comprenderá a los aspirantes
que superen el mismo, facultando a los interesados para poner reclamación ante el Tribunal en un plazo de cinco días.
8.3. Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la
puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales
obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo
sucesivamente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese
el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso respectivamente
y si éste persistiera, se tendrá en cuenta para establecer el orden final los siguientes
criterios:
— Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.