Corporación Extremeña De Medios Audiovisuales. Procesos Selectivos. (2024063436)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Dirección General, sobre convocatorias públicas extraordinarias para la constitución de bolsas de trabajo de Técnico Continuista Radio en la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 204
Viernes 18 de octubre de 2024

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Acreditación de méritos de la fase de concurso.
Los méritos establecidos en estas bases se acreditarán tras la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en el plazo de diez (10) días naturales que la
Comisión de Selección concederá al efecto, estando obligados los interesados en presentar la
solicitud y formular la pretensión dentro de dicho plazo. En ningún caso se valorarán méritos
no acreditados en dicho periodo.
Los méritos referidos a la “Experiencia Profesional” se acreditarán mediante certificado de
vida laboral expedido por la Seguridad Social y documento que justifique la relación contractual (por cuenta ajena), siendo necesario presentar declaración jurada por parte del interesado sobre la autenticidad de los mismos en el lugar indicado en la base 3.2.1, con el objeto de
acreditar el puesto de trabajo al que se opta.
Finalizado el proceso de valoración de méritos de la fase de concurso, la Comisión de Selección publicará los resultados provisionales. Los interesados podrán presentar las reclamaciones o solicitudes de subsanación de defectos que estimen procedentes, dentro de los tres
(3) días hábiles siguientes a la publicación a través del correo electrónico: bolsaempleo@
canalextremadura.es.
La Comisión de Selección, resueltas las reclamaciones, hará pública las puntuaciones definitivas de la valoración de méritos.
La puntuación máxima alcanzable será de 60 puntos en la fase de oposición y de 40 puntos
en la fase de concurso.
VII. C
 onstitución de la bolsa de trabajo.
7.1. Una vez resuelta la valoración de las distintas fases, la Comisión de Selección elaborará
la relación provisional de aspirantes con la suma de las calificaciones obtenidas por orden de
puntuación total.
7.2. La Comisión de Selección podrá declarar desierta la bolsa de trabajo en el caso de que
ninguna de las personas candidatas cumpla con los requisitos mínimos exigidos para concurrir
a la convocatoria.
7.3. La calificación final de las valoraciones (máximo de 100 puntos), vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de méritos profesionales y resultado
de la prueba de selección.
En caso de empate en el cómputo global, y para dirimir el mismo, entre un candidato hombre
y una mujer, y en cumplimiento de la medida 5 del II Plan de Igualdad de Oportunidades entre