Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063280)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Cáceres, la Diputación Provincial de Cáceres y la Diputación Provincial de Badajoz, para la creación del "Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura, 2031".
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024

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c) Las subvenciones, ayudas y donaciones que se concedan a su favor, procedentes de otras
administraciones públicas, entes públicos, así como de particulares.
d) Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el ejercicio de sus actividades.
e) L
 os precios públicos y tarifas que le correspondan por la prestación de servicios o la cesión
del uso de elementos de su patrimonio.
f) Operaciones de préstamo y crédito con entidades financieras.
g) Cualquiera otros ingresos o rendimientos que le corresponda percibir.
2. L
 a hacienda del Consorcio responderá de las obligaciones y deudas contraídas por el mismo. La liquidación o compensación de pérdidas se efectuará con cargo a las aportaciones
de los miembros del Consorcio.
3. E
 n el caso de que alguna de las Entidades Consorciadas incumpla sus obligaciones financieras para el Consorcio, el Consejo Rector ha de proceder a requerir su cumplimiento.
Artículo 24. Contabilidad y contratación.
1. E
 l Consorcio llevará el mismo sistema de contabilidad que rige para el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, con independencia de que el Consejo Rector pudiera establecer otras formas
complementarias para el estudio de otras variables de índole económica.
2. C
 onforme a lo dispuesto en el articulo 3.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, en materia de contratación, el Consorcio estará sometido a dicha
Ley en la forma y términos previstos en la misma.
SECCIÓN 3.ª - PRESUPUESTO, CUENTA GENERAL, FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Artículo 25. Del Presupuesto.
1. E
 l Consorcio elaborará un presupuesto anual con expresión cifrada y sistemática de las
obligaciones que, como máximo, puede reconocer y de los derechos que prevea liquidar,
durante el ejercicio presupuestario, que coincidirá con el año natural. Si bien dicho Presupuesto deberá formar parte del Presupuesto General del Ayuntamiento de Cáceres, en
cuanto Administración Pública de adscripción.
2. E
 l régimen de tramitación del Presupuesto, su contenido y modificaciones, así como obligaciones formales procedentes, se sujeta a la normativa en cada momento aplicable al
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.