Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063280)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Cáceres, la Diputación Provincial de Cáceres y la Diputación Provincial de Badajoz, para la creación del "Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura, 2031".
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024

50275

• Junta de Extremadura: 36.36 %.
• Diputación Provincial de Cáceres: 18,18%
• Diputación Provincial de Badajoz: 18,18%.
2. E
 l Consejo Rector acordará las aportaciones anuales de los miembros de la entidad en la
cuantía que se establezca para equilibrar los estados de ingresos y de gastos, de acuerdo
con la distribución fijada en el apartado anterior.
3. N
 o obstante, los porcentajes de distribución fijados en el apartado primero del presente
artículo tendrán una excepción: la limitación o techo de gasto de 100.000 € anuales por
parte de cada una de las diputaciones provinciales.
La superación de dicho límite o techo de gasto no podrá ser acordada únicamente por el
Consejo Rector del Consorcio, sino que requerirá acuerdo expreso de los plenos de las diputaciones provinciales de Badajoz y de Cáceres.
Este acuerdo plenario de las corporaciones provinciales tiene carácter autorizatorio únicamente en el supuesto de que se supere el citado techo de gasto anual y, por tanto, no
será necesario si las aportaciones fijadas por el Consejo Rector del Consorcio no implican
rebasar el citado límite de 100.000 euros anuales por parte de cada diputación provincial.
Artículo 4. Adscripción.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el Consorcio está adscrito al Ayuntamiento de Cáceres, al
ser la Administración Pública que dispone de la mayoría de votos en los órganos de gobierno.
Cualquier cambio de adscripción a una Administración Pública conllevará la modificación de
los estatutos del Consorcio en un plazo no superior a 6 meses, contados desde el inicio del
ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se produjo el cambio de adscripción.
Artículo 5. Sede.
La sede del Consorcio se establece en Cáceres, y su domicilio social en el Palacio de la Isla
del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, situado en Plaza de la Concepción, n.º 4, Centro, sin
perjuicio de que pueda ser modificada en cualquier momento por acuerdo del Consejo Rector.
Asimismo, el Consejo Rector podrá establecer delegaciones o sucursales en cualquier punto
del territorio nacional y en el extranjero.