Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063342)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvenciones, en el marco de la Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50086
relación a que se hace referencia en el punto anterior y la documentación acreditativa del pago por cada uno de los conceptos de gastos aprobados. Los justificantes
presentados se marcarán con una estampilla, indicando en la misma la subvención
para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la
cuantía exacta que resulte afectada por la subvención.
— Una relación detallada de los gastos y pagos en el supuesto de que se hayan aportado fondos propios o se hayan percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la financiación del proyecto subvencionado o de sus actividades, con
indicación del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades y/o
proyecto subvencionado.
— Contratos de trabajo celebrados del personal contratado para el desarrollo de las
actividades del proyecto subvencionado.
b. D
eclaración responsable empresas y otros entes e instituciones, según anexo IV de la
resolución de convocatoria, sobre aplicación del nuevo artículo 13.5 de la Ley Orgánica
1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio. Este requisito solo será obligatorio cuando el
proyecto subvencionado contemple el desarrollo de actividades dirigidas a menores, en
cumplimiento de la obligación de contar con certificado negativo del Registro Central de
Delincuentes Sexuales de todo el personal, tanto contratado como voluntario, que participa en el desarrollo de las actividades del programa subvencionado, conforme establece la Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a
la infancia y a la adolescencia y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
c. Declaración responsable firmada por el o la representante legal de la entidad sobre una
memoria explicativa que comprenda de manera detallada todas las actividades efectiva
y materialmente realizadas y que corresponden al proyecto subvencionado y de cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención. Asimismo,
contendrá los resultados obtenidos y las incidencias surgidas durante el desarrollo del
proyecto, entre ellas las modificaciones no sustanciales.
d. P
ublicidad y difusión del proyecto y /o actividades subvencionadas. Justificantes acreditativos de que en el proyecto y/o actividades relacionadas en el mismo se han adoptado
las medidas de difusión previstas en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A tales efectos, las entidades beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto y actividades objeto de la subvención. Para
Lunes 14 de octubre de 2024
50086
relación a que se hace referencia en el punto anterior y la documentación acreditativa del pago por cada uno de los conceptos de gastos aprobados. Los justificantes
presentados se marcarán con una estampilla, indicando en la misma la subvención
para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la
cuantía exacta que resulte afectada por la subvención.
— Una relación detallada de los gastos y pagos en el supuesto de que se hayan aportado fondos propios o se hayan percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la financiación del proyecto subvencionado o de sus actividades, con
indicación del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades y/o
proyecto subvencionado.
— Contratos de trabajo celebrados del personal contratado para el desarrollo de las
actividades del proyecto subvencionado.
b. D
eclaración responsable empresas y otros entes e instituciones, según anexo IV de la
resolución de convocatoria, sobre aplicación del nuevo artículo 13.5 de la Ley Orgánica
1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio. Este requisito solo será obligatorio cuando el
proyecto subvencionado contemple el desarrollo de actividades dirigidas a menores, en
cumplimiento de la obligación de contar con certificado negativo del Registro Central de
Delincuentes Sexuales de todo el personal, tanto contratado como voluntario, que participa en el desarrollo de las actividades del programa subvencionado, conforme establece la Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a
la infancia y a la adolescencia y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
c. Declaración responsable firmada por el o la representante legal de la entidad sobre una
memoria explicativa que comprenda de manera detallada todas las actividades efectiva
y materialmente realizadas y que corresponden al proyecto subvencionado y de cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención. Asimismo,
contendrá los resultados obtenidos y las incidencias surgidas durante el desarrollo del
proyecto, entre ellas las modificaciones no sustanciales.
d. P
ublicidad y difusión del proyecto y /o actividades subvencionadas. Justificantes acreditativos de que en el proyecto y/o actividades relacionadas en el mismo se han adoptado
las medidas de difusión previstas en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A tales efectos, las entidades beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto y actividades objeto de la subvención. Para