Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063342)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvenciones, en el marco de la Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50085
El contenido del cartel o placa informativa deberá ajustarse al modelo que se acompaña
en el anexo V de la resolución de convocatoria y, en todo caso, a las peculiaridades y especialidades recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura en cuanto a
dimensiones del mismo.
Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto se ha financiado con cargo
a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y para
la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, debiendo quedar de manera indubitada
la financiación del proyecto por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género y por la
Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la Presidencia de la Junta de Extremadura. Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar por medios electrónicos, en el plazo
de 10 días siguientes a su notificación, declaración responsable de la persona que ejerza
la representación legal de la entidad beneficiaria del cumplimiento de la adopción de las
medidas de publicidad, acompañado de fotografía de la placa identificativa de la subvención concedida conforme a las especificaciones del Manual de Identidad Corporativa de la
Junta de Extremadura.
3. El Servicio de Promoción, Impulso y Desarrollo de las Políticas de Igualdad de la Secretaría
General de Igualdad y Conciliación, con carácter previo al pago, consultará o recabará de
oficio los documentos o información de estar al corriente de sus obligaciones tributarias
con la Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social,
de conformidad con lo establecido en el apartado decimotercero del resuelvo octavo de la
resolución de convocatoria.
Condición cuarta. Justificación de la subvención, plazo y forma.
1. L
as entidades beneficiarias de la subvención, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17
de la Orden de 27 de julio de 2022 y en el apartado decimosexto de la resolución de convocatoria, deberán presentar en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo
de realización del proyecto subvencionado, una cuenta justificativa del gasto realizado,
constituyendo tal rendición un acto obligatorio de las entidades beneficiarias que contendrá
la siguiente documentación:
a. Memoria económica justificativa del 100% del coste del proyecto realizado que contendrá:
— Una relación clasificada de justificantes por cada concepto de gasto, con identificación del acreedor, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, con indicación de
las desviaciones acaecidas con respecto al presupuesto aprobado.
— Originales o copias de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la
Lunes 14 de octubre de 2024
50085
El contenido del cartel o placa informativa deberá ajustarse al modelo que se acompaña
en el anexo V de la resolución de convocatoria y, en todo caso, a las peculiaridades y especialidades recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura en cuanto a
dimensiones del mismo.
Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto se ha financiado con cargo
a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y para
la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, debiendo quedar de manera indubitada
la financiación del proyecto por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género y por la
Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la Presidencia de la Junta de Extremadura. Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar por medios electrónicos, en el plazo
de 10 días siguientes a su notificación, declaración responsable de la persona que ejerza
la representación legal de la entidad beneficiaria del cumplimiento de la adopción de las
medidas de publicidad, acompañado de fotografía de la placa identificativa de la subvención concedida conforme a las especificaciones del Manual de Identidad Corporativa de la
Junta de Extremadura.
3. El Servicio de Promoción, Impulso y Desarrollo de las Políticas de Igualdad de la Secretaría
General de Igualdad y Conciliación, con carácter previo al pago, consultará o recabará de
oficio los documentos o información de estar al corriente de sus obligaciones tributarias
con la Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social,
de conformidad con lo establecido en el apartado decimotercero del resuelvo octavo de la
resolución de convocatoria.
Condición cuarta. Justificación de la subvención, plazo y forma.
1. L
as entidades beneficiarias de la subvención, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17
de la Orden de 27 de julio de 2022 y en el apartado decimosexto de la resolución de convocatoria, deberán presentar en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo
de realización del proyecto subvencionado, una cuenta justificativa del gasto realizado,
constituyendo tal rendición un acto obligatorio de las entidades beneficiarias que contendrá
la siguiente documentación:
a. Memoria económica justificativa del 100% del coste del proyecto realizado que contendrá:
— Una relación clasificada de justificantes por cada concepto de gasto, con identificación del acreedor, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, con indicación de
las desviaciones acaecidas con respecto al presupuesto aprobado.
— Originales o copias de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la