Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040187)
Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024

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2. Se entenderá que la entidad solicitante desarrolla una actividad industrial productiva y de
servicios industriales cuando las actividades para las que solicita ayuda se encuadran en
alguna de las siguientes:
a. Actividades de producción a escala industria encuadradas en la Sección C – Divisiones
10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada
por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
b. Actividades de servicios a la industria:


— Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12.



— Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20.

3. N
 o podrán obtener la condición de entidad beneficiaria cuando concurran las siguientes
circunstancias:
a. Estar incursas en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas
que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que
derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen
concurrido aquéllas.
b. E
 star sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la
Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado
interior, o las empresas que se encuentren en situación de crisis con arreglo a lo que establecen el artículo 1.4.c) y 2.18) del Reglamento general de exención por categorías y
las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas
no financieras en crisis (2014/C 249/01).
c. No hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, así como
de sus obligaciones frente a la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social.
4. Se podrá obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas, una sola vez por
convocatoria.
Artículo 4. Actuaciones subvencionables.
Serán subvencionables las actuaciones destinadas a la transformación digital de las entidades
beneficiarias que estén basadas en uno o más de los ámbitos tecnológicos que se definen a
continuación.