Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063231)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la empresa pública Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, para la ejecución del Proyecto "Impulso y Transformación Digital".
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49696
1. Documentación justificativa a presentar por CEXMA.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en
soporte original, se deberá presentar la siguiente:
A) Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de la CEXMA, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados,
incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, administración autonómica, ordenados conforme
a la naturaleza del gasto. Dicha memoria se remitirá a la Consejería de Presidencia,
Interior y Dialogo Social.
Dicha memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad, conforme al modelo que se acompaña al presente anexo, y un cuadro resumen
de la cuenta justificativa, entendida como operación de pago, con identificación de los
gastos según su naturaleza.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y
pagos de forma pormenorizada, a excepción de los costes indirectos, cuya inclusión no
será necesaria.
B) Memoria técnica anual y final:
Se deberá presentar una memoria técnica, donde se describan las actuaciones realizadas, junto con el desglose por actividades y sus costes, la cual deberá contener una
relación pormenorizada de las actividades y los objetivos que se persiguen con ellas.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de marzo del año posterior de
conformidad con lo establecido en el convenio.
2. Formas de pago:
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican
a continuación:
— Adeudo bancario nominativo, que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa, con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
Viernes 11 de octubre de 2024
49696
1. Documentación justificativa a presentar por CEXMA.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en
soporte original, se deberá presentar la siguiente:
A) Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de la CEXMA, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados,
incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, administración autonómica, ordenados conforme
a la naturaleza del gasto. Dicha memoria se remitirá a la Consejería de Presidencia,
Interior y Dialogo Social.
Dicha memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad, conforme al modelo que se acompaña al presente anexo, y un cuadro resumen
de la cuenta justificativa, entendida como operación de pago, con identificación de los
gastos según su naturaleza.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y
pagos de forma pormenorizada, a excepción de los costes indirectos, cuya inclusión no
será necesaria.
B) Memoria técnica anual y final:
Se deberá presentar una memoria técnica, donde se describan las actuaciones realizadas, junto con el desglose por actividades y sus costes, la cual deberá contener una
relación pormenorizada de las actividades y los objetivos que se persiguen con ellas.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de marzo del año posterior de
conformidad con lo establecido en el convenio.
2. Formas de pago:
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican
a continuación:
— Adeudo bancario nominativo, que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa, con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.