Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063231)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la empresa pública Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, para la ejecución del Proyecto "Impulso y Transformación Digital".
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49695
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2024, en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 22 “Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social”, en el servicio 22001 “Secretaría General” y en
el programa 112A “Dirección y Administración de Presidencia” contempla una transferencia
específica a favor de la Empresa Pública “CORPORACIÓN EXTREMEÑA DE MEDIOS AUDIOVISUALES”, para la ejecución del proyecto “CEXMA: IMPULSO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL”
por importe de 1.500.000 euros para el ejercicio 2024.
Los gastos derivados de la ejeción de esta transferencia específica deberán estar referidos al
período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser
objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración regional y ante la necesidad
de concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la
memoria de actividades, las actuaciones, los eventos, los recursos humanos y materiales,
cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento
de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, se
establecen las presentes instrucciones de justificación que, con precisión y sistematización,
serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable de los gastos y pagos
realizados, deberá ser recabada y se deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto al
proyecto subvencionado.
En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del
gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de CEXMA y será custodiada, debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las Administraciones Públicas con
competencias en materia de seguimiento, control y justificación. Será obligación por parte de
CEXMA la conservación de la documentación durante un plazo de prescripción de obligaciones
de pago de la Hacienda pública de Extremadura, conforme al contenido de la cláusula quinta
del presente convenio.
Viernes 11 de octubre de 2024
49695
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2024, en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 22 “Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social”, en el servicio 22001 “Secretaría General” y en
el programa 112A “Dirección y Administración de Presidencia” contempla una transferencia
específica a favor de la Empresa Pública “CORPORACIÓN EXTREMEÑA DE MEDIOS AUDIOVISUALES”, para la ejecución del proyecto “CEXMA: IMPULSO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL”
por importe de 1.500.000 euros para el ejercicio 2024.
Los gastos derivados de la ejeción de esta transferencia específica deberán estar referidos al
período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser
objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración regional y ante la necesidad
de concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la
memoria de actividades, las actuaciones, los eventos, los recursos humanos y materiales,
cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento
de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, se
establecen las presentes instrucciones de justificación que, con precisión y sistematización,
serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable de los gastos y pagos
realizados, deberá ser recabada y se deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto al
proyecto subvencionado.
En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del
gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de CEXMA y será custodiada, debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las Administraciones Públicas con
competencias en materia de seguimiento, control y justificación. Será obligación por parte de
CEXMA la conservación de la documentación durante un plazo de prescripción de obligaciones
de pago de la Hacienda pública de Extremadura, conforme al contenido de la cláusula quinta
del presente convenio.