Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063233)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) y Fundación Secretariado Gitano (FSG) de Extremadura para la formación en sensibilización del personal técnico de empleo y la redacción de un protocolo para una atención igualitaria a personas de etnia gitana.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49738
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
1. L
as partes se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento
General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo,
así como el resto de normativa que resulte de aplicación.
2. L
as partes firmantes se obligan a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias
de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos de dicha normativa. En ese
sentido se adoptarán las medidas de seguridad indicadas en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), establecido por Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y en la Política de
Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura-establecida por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 26 de junio de 2018 y publicada en Diario Oficial de Extremadura, núm. 132 de 9
de julio de 2018, por Resolución de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública–, en los términos en que resulte aplicable.
3. L
a base jurídica de los tratamientos de datos que se deriven del despliegue del objeto del
presente Convenio deviene del cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, así como del cumplimiento de una misión realizada en interés público
o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, concretada
en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
4. L
os datos podrán ser comunicados a otros órganos de la Junta de Extremadura, Intervención General, así como a la Comisión Europea, a la OLAF, al Tribunal de Cuentas y, cuando
proceda, a la Fiscalía Europea.
5. E
l responsable del tratamiento es el titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
6. S
e considera encargado de tratamiento a la Fundación Secretariado Gitano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en tanto se le
habilita en los términos del anexo adjunto que dispone el acto jurídico que vincula al encargado respecto del responsable.
Viernes 11 de octubre de 2024
49738
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
1. L
as partes se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento
General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo,
así como el resto de normativa que resulte de aplicación.
2. L
as partes firmantes se obligan a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias
de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos de dicha normativa. En ese
sentido se adoptarán las medidas de seguridad indicadas en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), establecido por Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y en la Política de
Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura-establecida por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 26 de junio de 2018 y publicada en Diario Oficial de Extremadura, núm. 132 de 9
de julio de 2018, por Resolución de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública–, en los términos en que resulte aplicable.
3. L
a base jurídica de los tratamientos de datos que se deriven del despliegue del objeto del
presente Convenio deviene del cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, así como del cumplimiento de una misión realizada en interés público
o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, concretada
en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
4. L
os datos podrán ser comunicados a otros órganos de la Junta de Extremadura, Intervención General, así como a la Comisión Europea, a la OLAF, al Tribunal de Cuentas y, cuando
proceda, a la Fiscalía Europea.
5. E
l responsable del tratamiento es el titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
6. S
e considera encargado de tratamiento a la Fundación Secretariado Gitano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en tanto se le
habilita en los términos del anexo adjunto que dispone el acto jurídico que vincula al encargado respecto del responsable.