Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063255)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego en una superficie de 14,97 ha de viñedo, en el paraje El Bujo, polígono 95, parcelas 50 y 56, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1323.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

49825

Respecto a la vegetación, en la documentación aportada se indica que no existe vegetación natural en la zona solicitada. Las ortofotos históricas confirman que se trata de
parcelas agrícolas (cultivo leñoso permanente) desde hace tiempo y la afección forestal
de la puesta en riego es mínima, motivo por el cual el Servicio Forestal informa favorablemente la actividad solicitada.


C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

El área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana. El cauce del río Rivillas discurre a unos 100 metros al este de la zona de actuación planteada, por lo que
no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado
Durante la fase de ejecución, se habrá producido un impacto sobre las masas de agua
superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez,
debido al aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, por los
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
Las captaciones de las que se abastece el proyecto detraen el agua de la masa de
aguas subterráneas “Tierra de Barros”. Esta masa de agua subterránea es declarada
en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico mediante anuncio en
el BOE de fecha 17 de septiembre de 2015. El programa de actuación de la masa de
agua subterránea Tierra de Barros se aprueba mediante anuncio de 10 de noviembre
de 2021 (DOE n.º 222, de 18 de noviembre de 2021), en el epígrafe 4.1. de este programa de actuación se indica lo siguiente: “No obstante, se podrán otorgar concesiones
no contempladas en este apartado cuando hubieran sido solicitadas e informadas favorablemente por la Oficina de Planificación Hidrológica con carácter previo a la entrada
en vigor de la declaración de riesgo de la masa de agua (18/09/2015), y contaran con
informe favorable de ratificación de esa misma Oficina de acuerdo con la disposición
transitoria segunda del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la
revisión del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana”.
No obstante, corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, velar por el
cumplimiento de la planificación hidrológica, teniendo en cuenta que en todo caso se
deberá actuar conforme a las directrices contenidas en la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000,
por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política