Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063255)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego en una superficie de 14,97 ha de viñedo, en el paraje El Bujo, polígono 95, parcelas 50 y 56, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1323.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

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de aguas) y en concreto sobre los objetivos ambientales establecidos en ésta y en la
correspondiente planificación hidrológica del organismo de cuenca.
El agua necesaria para el riego en la fase de funcionamiento del proyecto proviene de
tres captaciones, con un consumo anual total de agua de 27.356,34 m3/año. Según informa el órgano de cuenca, existirían recursos suficientes para llevar a cabo la actuación
planteada y sería compatible con el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana (DHGn). En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión n.º expediente 4220/2011.
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Por otro lado, la zona de actuación se encuentra en zona
vulnerable a la contaminación por nitratos y zona de protección contra fitosanitarios,
por lo que deben desarrollarse todas las medidas posibles para evitar la contaminación.
En este sentido, a la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las
recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. Se deberá
prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes
lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente
identificado y autorizado su uso. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas
preventivas, las afecciones no deberían resultar significativas.


C.2.3 Geología y suelo.

Dado que los cultivos y el sistema de riego ya están implantados en las parcelas, los
principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se produjeron como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la preparación del terreno y para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares.
La zona de actuación se encuentra en terrenos con pendientes medias por debajo del
5%, de forma que no es previsible que los movimientos de tierra hayan generado un
incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y como conse-