Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063255)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego en una superficie de 14,97 ha de viñedo, en el paraje El Bujo, polígono 95, parcelas 50 y 56, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1323.
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NÚMERO 199

49821

Viernes 11 de octubre de 2024

RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife)

X

Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos de Extremadura
(ADENEX)

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Fundación Naturaleza y Hombre

-

AMUS

-

Greenpeace

-

Con fecha de 21 de febrero de 2019, se reciben alegaciones al proyecto de referencia por
parte de la Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife). A continuación, se expone
un resumen de las alegaciones presentadas, referidas a los aspectos ambientales del
proyecto:
— El proyecto afecta en su totalidad a la ZEPA Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera,
incluida en la Red Natura 2000 extremeña. La posible afección del proyecto a la Red Natura 2000 requiere aplicar una serie de requisitos para su correcta evaluación por parte
del órgano sustantivo, de manera que pueda autorizar el proyecto cuando tenga plena
seguridad de que no causará perjuicio a la integridad del espacio Red Natura 2000.
— Las dos parcelas afectadas por el proyecto se encuentran dentro de la Zona de Uso
Tradicional definida por el Plan de Gestión de la ZEPA, por tanto, están incluidas en una
zonificación en la que la intención es preservar los aprovechamientos agroganaderos
extensivos y aplicar los objetivos específicos de conservación del propio plan.
— La zona afectada era una zona de aprovechamientos extensivos de cereal de secano con
rotaciones de barbecho y no un viñedo como afirma el promotor.
— La implantación de un cultivo de leñosas en las parcelas del proyecto entre 2009 y 2013
no ha sido evaluada y no cumple con los objetivos de conservación de la Red Natura.
— El proyecto parte de una transformación previa no evaluada, por lo que dicha transformación y situación previa deben ser consideradas en el proceso de evaluación.
— La evaluación del proyecto debe realizarse teniendo en cuenta el efecto del proyecto en
combinación con otros proyectos existentes que suponen impactos acumulados o sinérgicos.
— El EsIA debe contener un inventario previo de la zona afectada por el proyecto, para una
correcta caracterización y evaluación de los impactos derivados de este proyecto.