Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063186)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Cooperación entre la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, de coordinación y colaboración de políticas en materia de mancomunidades integrales de municipios de Extremadura.
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NÚMERO 198
49347
Jueves 10 de octubre de 2024
Séptimo. La Junta de Extremadura, mediante resolución de 11 de junio de 2008 (D.O.E. n.º
117, de 18 de junio), calificó las mancomunidades integrales. Estas mancomunidades integrales se han venido fomentando tanto por las Diputaciones provinciales como por la Junta de
Extremadura con varias medidas y, entre ellas, mediante una línea de subvenciones con cargo
al Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de municipios de Extremadura
establecida por el Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan las
bases para la distribución del Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de
municipios de Extremadura.
Es por ello, que las instituciones aquí firmantes pretenden regular el grado de participación
de estas en la financiación de las subvenciones que se concedan anualmente con cargo al
Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de municipios de Extremadura, a
cuyo efecto suscriben el presente convenio interadministrativo de cooperación con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto de este convenio contemplar las fórmulas de cooperación administrativa y económica de la Junta de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz en la
concesión conjunta de ayudas, mediante convocatoria anual, en los ejercicios de 2024, 2025,
2026 y 2027, con cargo al Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de
municipios de Extremadura que las soliciten, al amparo de lo establecido en el Decreto del
Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan las bases para la distribución del
Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de municipios de Extremadura, o
cualquier otra norma reglamentaria que lo sustituya.
Segunda. Financiación.
La financiación de las actuaciones en cada una de las cuatro anualidades previstas (20242027) asciende anualmente a dos millones quinientos noventa mil trescientos treinta y dos
euros anuales (2.590.332 €), lo cual supone una cantidad total de diez millones trescientos sesenta y un mil trescientos veintiocho euros para toda la vigencia del convenio (10.361.328 €).
Estas cantidades serán aportadas por las partes en la forma señalada a continuación.
2024
2025
2026
2027
TOTAL
Junta de Extremadura
1.990.332 €
1.990.332 €
1.990.332 €
1.990.332 €
7.961.328 €
Diputación de Badajoz
300.000 €
300.000 €
300.000 €
300.000 €
1.200.000 €
Diputación de Cáceres
300.000 €
300.000 €
300.000 €
300.000 €
1.200.000 €
2.590.332 €
2.590.332 €
2.590.332 €
2.590.332 €
10.361.328 €
49347
Jueves 10 de octubre de 2024
Séptimo. La Junta de Extremadura, mediante resolución de 11 de junio de 2008 (D.O.E. n.º
117, de 18 de junio), calificó las mancomunidades integrales. Estas mancomunidades integrales se han venido fomentando tanto por las Diputaciones provinciales como por la Junta de
Extremadura con varias medidas y, entre ellas, mediante una línea de subvenciones con cargo
al Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de municipios de Extremadura
establecida por el Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan las
bases para la distribución del Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de
municipios de Extremadura.
Es por ello, que las instituciones aquí firmantes pretenden regular el grado de participación
de estas en la financiación de las subvenciones que se concedan anualmente con cargo al
Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de municipios de Extremadura, a
cuyo efecto suscriben el presente convenio interadministrativo de cooperación con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto de este convenio contemplar las fórmulas de cooperación administrativa y económica de la Junta de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz en la
concesión conjunta de ayudas, mediante convocatoria anual, en los ejercicios de 2024, 2025,
2026 y 2027, con cargo al Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de
municipios de Extremadura que las soliciten, al amparo de lo establecido en el Decreto del
Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan las bases para la distribución del
Fondo de Cooperación para las mancomunidades integrales de municipios de Extremadura, o
cualquier otra norma reglamentaria que lo sustituya.
Segunda. Financiación.
La financiación de las actuaciones en cada una de las cuatro anualidades previstas (20242027) asciende anualmente a dos millones quinientos noventa mil trescientos treinta y dos
euros anuales (2.590.332 €), lo cual supone una cantidad total de diez millones trescientos sesenta y un mil trescientos veintiocho euros para toda la vigencia del convenio (10.361.328 €).
Estas cantidades serán aportadas por las partes en la forma señalada a continuación.
2024
2025
2026
2027
TOTAL
Junta de Extremadura
1.990.332 €
1.990.332 €
1.990.332 €
1.990.332 €
7.961.328 €
Diputación de Badajoz
300.000 €
300.000 €
300.000 €
300.000 €
1.200.000 €
Diputación de Cáceres
300.000 €
300.000 €
300.000 €
300.000 €
1.200.000 €
2.590.332 €
2.590.332 €
2.590.332 €
2.590.332 €
10.361.328 €